Publicada el Jueves, 12 de Junio de 2008

Se insta al Gobierno de Navarra a realizar un nueva zonificación de Pamplona y Comarca que sea más acorde con las nuevas necesidades y desarrollos urbanísticos para la escolarización

Primando para la escolarización la cercanía del centro al lugar de residencia del alumno y, en este mismo sentido, modificando los criterios de admisión del alumnado.
El G.P. UPN y la A.P.F. CDN han votado en contra.

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy, con los votos del G.P. Nabai, G.P. SPN y la A.P.F. IUN-NEB, una resolución por la que se insta al Gobierno de Navarra a realizar un nueva zonificación de Pamplona y Comarca que sea más acorde con las nuevas necesidades y desarrollos urbanísticos, primando para la escolarización la cercanía del centro al lugar de residencia del alumno y, en este mismo sentido, modificando los criterios de admisión del alumnado.

El texto aprobado incluye un segundo punto, producto de una enmienda de sustitución presentada por el G.P. SPN y aceptada por la A.P.F. IU, en el que se insta al Gobierno de Navarra a modificar el Decreto Foral 35/2007, por el que se crea la Comisión de Escolarización y las Comisiones Locales de Escolarización, especialmente en lo referido a:

1.- La composición de la Comisión General de Escolarización, “que debe incorporar a personas de la comunidad educativa, representantes de directores/as de colegios públicos, institutos y centros concertados, así como de asociaciones de madres y padres”.

2.- Modificar las funciones de la Comisión General de Escolarización “de forma que recojan las funciones de recepción y valoración de solicitudes para la admisión del alumnado en los centros de acuerdo con los criterios establecidos en la normativa, otorgándole la capacidad de proponer medidas para garantizar el equilibrio en la escolarización del alumnado, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 2 del artículo 86 de la LOE”.

3.- Arbitrar medidas “para verificar los datos que se aportan en la documentación de solicitudes de admisión, como aquellos referidos a empadronamiento y otros (artículo 84.4 LOE)”.

4.- Modificar lo estipulado con respecto a los puntos complementarios, “de forma que, en el caso de que se estime oportuno mantenerlos, respondan a criterios objetivos y a razones objetivas y justificadas para todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos, con el fin de evitar la dispersión de los criterios en función de la posición de cada centro educativo, algo que no contribuye a garantizar la igualdad de oportunidades”.

En la exposición de motivos, la moción presentada por la A.P.F. IUN-NEB alude al “desequilibrio” en la distribución del alumnado extranjero, ya que mientras la escolarización de emigrantes en los centros públicos de Primaria “va desde el 68%

en algún centro como Víctor Pradera, hasta el 12% de San Juan de la Cadena, ambos de Pamplona, en la enseñanza privada (curso 2006/07) oscila entre el 22% de Santo Tomás o el 21% del Anunciata de Tudela y el 0,4% de Santa Teresa de Jesús o San Ignacio”.

El G.P. UPN y la A.P.F. CDN han votado en contra.

 

 

· Publicación de la moción (BOPN, nº 41, de 06-05-2008).