Publicada el Jueves, 7 de Marzo de 2024

Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2024

Aprobación en Pleno. Día 7 de marzo de 2024

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado, con los votos a favor de PSN, Geroa Bai y Contigo-Zurekin y la abstención de EH Bildu, la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2024, cuyo estado final de gastos e ingresos queda fijado en 6.355.410.182 euros, de los que 5.835.972.554 corresponden al gasto no financiero y 519.437.628 al gasto financiero (amortización de deuda y pago de intereses). UPN, PPN y Vox han votado en contra.

 

Según consta en el artículo 2 de la Ley, los Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2024, que contienen créditos por un importe de 6.355.410.182 euros, están integrados por los presupuestos del Parlamento, de la Cámara de Comptos y de la Institución del Defensor del Pueblo; el presupuesto de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos; el presupuesto del Consejo de Navarra; los presupuestos de las fundaciones públicas de la Comunidad Foral; y los presupuestos de las sociedades públicas de la Comunidad Foral.

 

El techo de gasto no financiero, regulado en el artículo 34 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, asciende a 5.835.972.554 euros, lo cual supone un incremento del 10,5% respecto al Presupuesto de 2023, cifrado en 4.767.034.210 euros, lo que arroja una diferencia en términos absolutos de 597 millones

 

A efectos del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el límite de gasto no financiero, una vez descontado el Fondo de Haciendas Locales y la aportación al Estado, queda establecido en 4.684.182.014 euros.

 

A tenor de lo previsto en el artículo 3, las modificaciones de los créditos presupuestarios se ajustarán a los preceptos de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, en cuanto no resulten modificados por la presente Ley Foral.

 

No obstante, no tendrán la consideración de modificaciones presupuestarias los movimientos de fondos entre partidas en las que figuran créditos destinados a una misma finalidad, pero que son distintas por exigencias de la Unión Europea para el mejor control del destino de los gastos al estar, en parte, cofinanciados por aquella.

 

En lo tocante a las modificaciones presupuestarias de los programas comunitarios (artículo 4), el Gobierno de Navarra, a propuesta del Departamento de Economía y Hacienda, previo informe de la Directora General de Fomento Empresarial, podrá autorizar las modificaciones presupuestarias necesarias para la mejor ejecución de los programas y proyectos cofinanciados por la UE, de conformidad con lo aprobado por la Comisión en el documento inicial o con las modificaciones posteriores que los Comités de Seguimiento o la propia Comisión hayan introducido. Dichas modificaciones deberán financiarse con créditos de cualquier naturaleza que figuren en los estados de gastos.

 

Cualquier modificación de crédito que afecte directamente a las partidas en las que se recojan proyectos cofinanciados por la Unión Europea requerirá informe previo de la Dirección General de Fomento Empresarial. Se exceptúan las modificaciones que afecten a créditos cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

 

Además de los créditos referidos en las letras a) a g) del apartado 1 del artículo 47 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, tendrán la consideración de ampliables para el ejercicio 2024 todas las partidas existentes o que fuera necesario crear para la concesión de subvenciones y préstamos que pudieran aprobarse como consecuencia del reconocimiento y reparación de las víctimas del terrorismo o de las víctimas de actos de motivación política contemplados en la legislación vigente, así como todas las partidas correspondientes al pago de cotizaciones a la Seguridad Social.

 

A su vez, tendrán la consideración de ampliables todas las partidas existentes o que fuera necesario crear, sin las limitaciones del artículo 38 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, para financiar las medidas para la reducción de las listas de espera en el SNS-O.

 

La Ley integra las 355 enmiendas incorporadas al dictamen (todas suscritas en diferentes combinaciones por PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin) durante el debate previo llevado a cabo en el seno de la Comisión de Economía y Hacienda (se escrutaron 983 enmiendas, 109 in voce) entre los días 23 y 29 de febrero. El valor de las enmiendas validadas asciende a 17.254.962 euros.

 

Por tanto, el debate en Pleno se ha correspondido con el de las 548 enmiendas mantenidas por UPN (321, 14 de ellas al articulado) y PPN (227, 2 al articulado), todas desestimadas, y las 5 in voce registradas, en diferentes combinaciones, por PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin, todas aprobadas.

 

Se han registrado otras 7 in voce, que no han llegado a debatirse debido a diversos vetos cruzados (la admisión requiere unanimidad) de UPN (in voce nº 2, 3, 11, 12), por un lado, Vox (7 y 9), por otro, y PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin (10).

 

Relación de enmiendas in voce debatidas en Pleno

 

- Una enmienda in voce de adición de una nueva disposición adicional décima novena.bis, con la finalidad de “permitir a agricultores y ganaderos que las indemnizaciones de los seguros agrarios percibidos en 2023 por las pérdidas de sus cosechas puedan ser declaradas en el IRPF de ese ejercicio o en el ejercicio siguiente (2024)”. Presentada por PSN, Geroa Bai Contigo-Zurekin. Aprobada por unanimidad.

- Una enmienda in voce de aumento de gastos por importe de 30.000 euros para una nueva partida denominada Convenio con CEE Ibero Isterria. Funcionamiento centro escolar, para “contribuir a los gastos de funcionamiento, debido a las especiales características del centro”. Se financiará con cargo a la partida Transporte escolar educación especial, del Departamento de Educación Presentada por PSN, Geroa Bai Contigo-Zurekin. Aprobada por unanimidad.

 

- Una enmienda in voce de aumento de gastos por importe de 25.000 euros para una nueva partida denominada Subvención al Ayto. de Tafalla. Centro de Interpretación de la Jota, para “posibilitar la continuación y afianzamiento del Centro de Interpretación de la Jota de Tafalla”. Se financiará con cargo a la partida Adquisición autobús extracción sangre, del Departamento de Salud. Presentada por PSN, Geroa Bai Contigo-Zurekin. Aprobada con los votos a favor de UPN, PSN, EH Bildu, Geroa Bai, Contigo-Zurekin y Vox, y la abstención de PPN.

 

- Una enmienda in voce de aumento de gastos por importe de 6.000 euros para una nueva partida denominada Adquisición de libros para la Biblioteca de Tudela, debido a que “la partida del presupuesto municipal es insuficiente”. Se financiará con cargo a la partida Fondo de Contingencia, del Departamento de Economía y Hacienda. Presentada por PSN. Aprobada por unanimidad.

 

- Una enmienda in voce de aumento de gastos por importe de 10.000 euros para una nueva partida denominada Actividades de promoción del libro y la lectura en la Biblioteca pública de Tudela, al objeto de “aportar los recursos necesarios para la realización de actividades culturales dentro de la biblioteca de Tudela que favorezcan el fomento de la lectura”. Se financiará con cargo a la partida Fondo de Contingencia, del Departamento de Economía y Hacienda. Presentada por Geroa Bai. Aprobada por unanimidad.

 

Una vez concluido el debate, se ha procedido a la votación y aprobación definitiva de la Ley Foral de Presupuestos para el año 2024.

 

El Proyecto de Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2024 entró en la Cámara el día 19 de enero, fue admitido a trámite el 22 y publicado en el Boletín Oficial del Parlamento el 23. Posteriormente, superó las enmiendas a la totalidad formuladas por UPN y PPN, sin apoyos suficientes para consumar la devolución de las cuentas al Gobierno.