Publicada el Vendredi, 26 de novembre de 2021

Los grupos presentan cinco candidatos para cubrir los cuatro puestos de la Comisión de Reconocimiento y Reparación asociada a la Ley Foral 16/2019

Su próxima elección por el Pleno requerirá mayoría absoluta para un período de seis años

Finalizado el plazo para, tras la segunda prórroga acordada el pasado día 2, presentar candidaturas susceptibles de concurrir a la elección de los cuatro miembros de la Comisión de Reconocimiento y Reparación que le corresponde designar a la Cámara, los grupos parlamentarios han registrado cinco nombres.

 

Marta Rodríguez Fouz y Mikel Berraondo López concurren con el respaldo del PSN; Roldán Gimeno Aranguren y María Soledad Barber Burusco con el de Geroa Bai; y  Javier Miranda Erro con el de EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E. Navarra Suma no ha presentado candidaturas.

 

De conformidad con el artículo 13 de la Ley Foral 16/2019, de 26 de marzo, de reconocimiento y reparación de las víctimas por actos de motivación política provocados por grupos de extrema derecha o funcionarios públicos, la Comisión de Reconocimiento y Reparación es el órgano encargado de examinar las solicitudes de reconocimiento de víctima y, en su caso, de proceder a la homologación de derechos con el resto de afectados por acciones de similar naturaleza

 

De momento y en función de las normas de elección aprobadas por la Mesa el pasado 31 de mayo, las candidaturas deberán estar integradas por un máximo de cuatro personas, en pleno uso de sus derechos civiles y políticos y que cumplan las condiciones de idoneidad, probidad, cualificación y experiencia necesaria para ejercer el cargo. Las personas aspirantes serán propuestas por los grupos parlamentarios y/o las organizaciones sociales que desarrollen actividad en materia de Derechos Humanos y Memoria en la Comunidad Foral.

 

Las propuestas de los candidatos y candidatas deberán ir acompañadas de un currículum profesional, así como de una declaración jurada en la que manifiesten disfrutar del pleno uso de sus derechos civiles y políticos, e incluirán la expresa aceptación de la persona propuesta.

 

La Mesa, concluido el plazo de presentación de candidaturas, las examinará y, en su caso, proclamará para su inclusión en el orden del día de la sesión plenaria correspondiente. Contra la exclusión de alguna candidatura, cabrá recurso ante la Mesa que deberá resolver motivadamente.

 

Los cuatro miembros de la citada Comisión (integrada por 9 personas) serán elegidas por el Pleno, por mayoría absoluta, en votación secreta por papeletas, para un período de seis años. Los Parlamentarios y Parlamentarias Forales podrán escribir en las papeletas hasta cuatro nombres.

 

En caso de empate con relevancia en la elección se realizarán sucesivas votaciones entre quienes hubiesen obtenido igual número de votos, hasta que el empate quede dirimido.

 

Si cumplidos los supuestos de los apartados anteriores quedase algún puesto sin cubrir, se deberá iniciar el procedimiento establecido en las presentes normas para la designación de las vacantes.

 

Notificado el resultado de la elección al Presidente del Parlamento de Navarra, éste comunicará a la Consejera de Relaciones Ciudadanas la designación de los miembros elegidos para la Comisión de Reconocimiento y Reparación.

 

La Comisión de Reconocimiento y Reparación se erige en el órgano encargado de otorgar (o no) el reconocimiento de víctima y, de ser así, proceder a la homologación de derechos con el resto de afectados por acciones de similar naturaleza. Deberá resolver en el plazo de un año los expedientes incoados al amparo del derecho a la verdad configurado en torno al conocimiento, documentación y aclaración de los hechos y circunstancias.

 

Cada solicitud dará pie a un informe que deberá ser trasladado en el plazo de un año al responsable de Paz, Convivencia y Derechos Humanos, quien dispondrá de tres meses adicionales para dictar resolución y un mes más para hacerla llegar a la persona interesada. La declaración como víctima podrá implicar, además de asistencia sanitaria, el reconocimiento de indemnizaciones económicas por daños “físicos, y/o psicológicos y materiales”. Se contempla la posibilidad de interponer recursos.