Publicada el Jueves, 17 de Septiembre de 2020

Aprobada la toma en consideración de la proposición de Ley Foral sobre medidas contra la deslocalización empresarial

Se pretende arbitrar medidas sancionadoras contra aquellas empresas que, contraviniendo el objeto de las ayudas públicas, procedan a la deslocalización injustificada de su actividad

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E y la abstención de Navarra Suma, la toma en consideración de la proposición de Ley Foral sobre medidas contra la deslocalización empresarial.

 

La proposición de Ley impulsada por EH Bildu tiene por objeto regular medidas sancionadoras contra aquellas empresas que, contraviniendo el objeto de las subvenciones y ayudas públicas percibidas, procedan a la deslocalización de su actividad de un modo “injustificado”, ajeno a motivos relacionados con la “viabilidad económica” de la misma.

 

A tal fin, para “garantizar que la financiación pública que reciben las empresas contribuya a la creación de empleo y condiciones laborales de calidad" y, con ello, al "desarrollo de la Comunidad Foral”, se determinan los requisitos necesarios para considerar deslocalizada una empresa, en cuyo caso se explicita la “obligación” de devolver las ayudas devengadas.

 

Entre las circunstancias detalladas para, a los efectos de la presente Ley, considerar que se produce una deslocalización se citan el “cese o reducción significativa de la actividad mientras, simultáneamente o en el plazo de los tres años anteriores o posteriores, la empresa desarrolla fuera de Navarra esa misma actividad, por sí misma o por medio de otra entidad que guarde relación con alguna de las situaciones contempladas en el artículo 42 del Código de Comercio (sociedad dominante/sociedad dependiente).

 

Se entiende por reducción significativa la merma del personal “a menos de la mitad”, para lo cual se atenderá al promedio de la plantilla en los dos años anteriores. Y se entiende como cese tanto la disolución de la compañía, como el cierre de la totalidad o de parte de las instalaciones productivas.

 

En supuestos “excepcionales y debidamente justificados” no se interpretará como deslocalización si, pese a la concurrencia de las circunstancias anteriores, la firma inicia directamente o por medio de alguna otra entidad con encaje en los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio “nuevas actividades que supongan la creación de un número de puestos de trabajo similar o superior a los suprimidos”.

 

Para hacer viable la efectividad la norma, se proyecta la inclusión del compromiso de no incurrir en deslocalización empresarial entre las bases reguladoras de la concesión de subvenciones.

 

La declaración de deslocalización empresarial supondrá la obligación de proceder al reintegro de las subvenciones percibidas en los últimos diez años, junto al interés de demora devengado desde la fecha de recepción de cada cantidad. Dicha declaración determinará, además, la imposibilidad de obtener ayudas del sector público durante un período de diez años.

 

En relación con las ayudas concedidas por las instituciones de la Comunidad Foral distintas de las subvenciones, el Gobierno cuantificará el importe, que con carácter general se corresponderá con la diferencia entre el valor de mercado y el convenido en el negocio jurídico de que se trate.

 

Lo dispuesto en la presente proposición de Ley, para cuyo desarrollo reglamentario se otorga un año al Gobierno, será de aplicación a las ayudas públicas concedidas con anterioridad a su entrada en vigor, siempre que no hayan transcurrido diez años desde la notificación o publicación de la concesión de la subvención.

 

Por otra parte y de cara a para favorecer la divulgación de todo lo relacionado con estos procesos y sus efectos sobre el tejido socio-económico, se prevé la articulación de una línea de investigación estable dirigida a avanzar en el conocimiento teórico y práctico de los efectos de la globalización y su derivada a nivel de deslocalización.

 

La proposición de Ley resulta de aplicación a las empresas con centro de trabajo en Navarra y a las fundaciones y asociaciones que, habiendo obtenido también ayudas del Gobierno, operan en el ámbito empresarial.

 

Según se apunta en la exposición de motivos,  los procesos de mundialización y globalización de la economía favorecen la deslocalización de empresas que, en su afán de incrementar beneficios, ponen rumbo a Estados caracterizados por “legislaciones laborales poco desarrolladas en materia social, salarios más bajos y normas flexibles en materia de conservación del medio”.

 

Ante esa tesitura, se concluye que “el Gobierno está obligado a arbitrar los medios necesarios para hacer frente a las consecuencias que esta situación genera. La competitividad pasa por políticas públicas que favorezcan la creación de empleo estable sujeto a condiciones laborales dignas”.

 

Tras su toma en consideración, la proposición de Ley Foral sobre medidas contra la deslocalización empresarial será dictaminada en Comisión antes de ser elevada nuevamente a Pleno para su definitivo debate y votación.