Publicada el Jeudi, 22 de décembre de 2022

Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias

Aprobación en Pleno. Día 22 de diciembre de 2022

El Pleno del Parlamento ha aprobado, con los votos a favor de PSN, Geroa Bai y Podemos-Ahal Dugu, la abstención de EH Bildu e  I-E, y el voto en contra de Navarra Suma, la ley de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.

 

Uno de los principales objetivos de esta Ley Foral es dar respuesta al actual contexto económico. La elevada tasa de inflación “requiere la adopción de medidas fiscales que minoren la tributación de los contribuyentes con rentas más bajas”. Al mismo tiempo, resulta necesario “exigir una mayor contribución a quienes tengan una mayor capacidad económica”.

 

En consecuencia, se suprime la obligación de declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para aquellas personas trabajadoras y pensionistas con menor nivel de renta, que son las más castigadas por la situación económica actual. De forma coherente con la elevación del umbral de declarar y para que esta medida tenga efectos en las rentas percibidas por estos contribuyentes desde el 1 de enero de 2023, se suprimen los dos primeros tramos de la tabla de retenciones del trabajo, comenzando la obligación de retener cuando se perciban rendimientos de trabajo superiores a 14.500 euros.

 

En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades se eleva a 20.000.000 de euros el umbral del importe neto de la cifra de negocios para que una empresa pueda ser considerada pequeña empresa y pueda tributar al tipo de gravamen nominal del 23%.

 

Asimismo, se declaran exentas tanto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como en el Impuesto sobre Sociedades las ayudas concedidas en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, entre las que se pueden destacar la ayuda directa de 200 euros a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio y las ayudas directas al sector de transporte por carretera. Asimismo, se declaran exentas tanto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como en el Impuesto sobre Sociedades las ayudas concedidas a las empresas navarras para compensar el incremento de los costes energéticos durante el año 2022.

 

También relacionado con el desarrollo económico, así como con la apuesta del Gobierno de Navarra por el emprendimiento y la innovación, se mejoran los incentivos fiscales previstos para las personas físicas y para las entidades que sean emprendedoras, y también para quienes inviertan en entidades emprendedoras, incentivando especialmente aquellas actividades que sean innovadoras. Asimismo, con el objetivo de atraer talento a la Comunidad Foral de Navarra, se mejora el régimen especial de las personas impatriadas.

 

La preocupación por el medio ambiente se traduce en nuevos incentivos fiscales que fomenten la utilización de las energías renovables, en particular el consumo de hidrógeno renovable, así como la realización de proyectos relacionados con el reciclaje y reutilización de componentes de energía eólica, fotovoltaica o baterías y con la producción de hidrógeno renovable y fabricación de componentes de su cadena de valor.

 

Otras modificaciones pretenden, con carácter general, adecuar la normativa tributaria de la Comunidad Foral a las cambiantes realidades económicas y jurídicas sobre las que se asienta la relación jurídica tributaria, con el permanente propósito de mejorar la equidad en el ámbito tributario y de luchar contra el fraude fiscal.

 

Para ello se realizan ajustes técnicos que van desde simples aclaraciones hasta cambios en la redacción de ciertas deducciones para evitar su aplicación en supuestos que no contribuyen a la finalidad para la que fueron establecidas.

 

Asimismo, se realizan las adaptaciones precisas en cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera) de 27 de enero de 2022, en el asunto C-788/19, que determinó que ciertos aspectos del régimen jurídico asociado a la obligación de declaración de bienes y derechos situados en el extranjero (modelo 720) incurrían en incumplimiento de la normativa europea. Por último, otras adaptaciones derivan de modificaciones de normas no tributarias.

 

En el ámbito de la lucha por la igualdad y contra la violencia de género se introduce una novedosa medida que permite a las víctimas de violencia de género solicitar la limitación de su responsabilidad respecto de las deudas derivadas de autoliquidaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en las que optaron por la tributación conjunta con su agresor. Con esta modificación se establece una excepción a la regla general de responsabilidad conjunta y solidaria de todos los miembros de la unidad familiar, que la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece cuando se opta por la tributación conjunta. Se pretende evitar que las víctimas de violencia de género deban responder de la parte de la deuda tributaria del Impuesto que se pueda atribuir a su agresor, manteniéndose, no obstante, la responsabilidad del agresor en todos sus términos y por el importe total de la deuda tributaria de la correspondiente autoliquidación conjunta.

 

En este mismo ámbito se incorpora también en la normativa foral del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados la exención prevista por la Ley Orgánica 2/2022, de 21 de marzo, de mejora de la protección de las personas huérfanas víctimas de la violencia de género.

 

La Ley integra la enmienda in voce (exposición de motivos) aprobada en Pleno, que viene a sumarse a las 12 incorporadas al dictamen durante el debate previo llevado a cabo en el seno de la Comisión de Economía y Hacienda, donde fueron desestimadas las 11 de Navarra Suma y 13 de Izquierda-Ezkerra.