Publicada el Jeudi, 22 de décembre de 2022

Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2023

Aprobación en Pleno. Día 22 de diciembre de 2022

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado con los votos a favor de PSN, Geroa Bai, Podemos-Ahal Dugu e I-E y la abstención de EH Bildu, la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2023, cuyo estado final de gastos e ingresos queda fijado en 5.748.951.173 euros, de los que 5.238.730.313 corresponden al gasto no financiero y 510.220.860 al gasto financiero (amortización de deuda y pago de intereses). Navarra Suma ha votado en contra.

 

Según consta en el artículo 2 de la Ley, los Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2023, que contienen créditos por un importe de 5.748.951.173 euros, están integrados por los presupuestos del Parlamento, de la Cámara de Comptos y de la Institución del Defensor del Pueblo; el presupuesto de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos; el presupuesto del Consejo de Navarra; los presupuestos de las fundaciones públicas de la Comunidad Foral; y los presupuestos de las sociedades públicas de la Comunidad Foral.

 

El techo de gasto no financiero, regulado en el artículo 34 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, asciende a 5.238.730.313 euros, lo cual supone un incremento del 9,28% respecto al Presupuesto de 2022, cifrado en 4.767.034.210 euros, lo que arroja una diferencia en términos absolutos de 471 millones, 249 de los cuales proceden de los fondos europeos.

 

A efectos del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el límite de gasto no financiero, una vez descontado el Fondo de Haciendas Locales y la aportación al Estado, queda establecido en 4.300.512.485 euros.

 

A tenor de lo previsto en el artículo 3, las modificaciones de los créditos presupuestarios se ajustarán a los preceptos de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, en cuanto no resulten modificados por la presente Ley Foral.

 

No obstante, no tendrán la consideración de modificaciones presupuestarias los movimientos de fondos entre partidas en las que figuran créditos destinados a una misma finalidad, pero que son distintas por exigencias de la Unión Europea para el mejor control del destino de los gastos al estar, en parte, cofinanciados por aquella.

 

En lo tocante a las modificaciones presupuestarias de los programas comunitarios (artículo 4), el Gobierno de Navarra, a propuesta del Departamento de Economía y Hacienda, previo informe de la Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, podrá autorizar las modificaciones presupuestarias necesarias para la mejor ejecución de los programas y proyectos cofinanciados por la UE, de conformidad con lo aprobado por la Comisión en el documento inicial o con las modificaciones posteriores que los Comités de Seguimiento o la propia Comisión hayan introducido. Dichas modificaciones deberán financiarse con créditos de cualquier naturaleza que figuren en los estados de gastos.

 

Cualquier modificación de crédito que afecte directamente a las partidas en las que se recojan proyectos cofinanciados por la Unión Europea requerirá informe previo de la Dirección General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo. Se exceptúan las modificaciones que afecten a créditos cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

 

Además de los créditos referidos en las letras a) a g) del apartado 1 del artículo 47 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, tendrán la consideración de ampliables para el ejercicio 2023 todas las partidas existentes o que fuera necesario crear para la concesión de subvenciones y préstamos que pudieran aprobarse como consecuencia del reconocimiento y reparación de las víctimas del terrorismo o de las víctimas de actos de motivación política contemplados en la legislación vigente, así como todas las partidas correspondientes al pago de cotizaciones a la Seguridad Social.

 

A su vez, tendrán la consideración de ampliables todas las partidas existentes o que fuera necesario crear, sin las limitaciones del artículo 38 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, para financiar las medidas para la reducción de las listas de espera en el SNS-O.

 

La Ley integra las 347 enmiendas incorporadas al dictamen (todas suscritas en diferentes combinaciones por PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E) durante el debate previo llevado a cabo en el seno de la Comisión de Economía y Hacienda (se escrutaron 707 enmiendas) entre los días 12 y 15 de diciembre. El valor de las enmiendas validadas asciende a 16.449.369 euros.

 

Por tanto, el debate en Pleno se ha correspondido con el de las 379 enmiendas mantenidas por Navarra Suma (otras 15 al articulado), dado que las cinco in voce presentadas (cuatro de los grupos que apoyan al Gobierno y una de Navarra +) no han sido admitidas debido a la oposición de Navarra Suma, que ha esgrimido que no habían sido informados, extremo rebatido por el portavoz del G.P. PSN. Sin apoyos, el conjunto de las enmiendas mantenidas por el grupo mayoritario ha sido rechazado.

 

Una vez concluido el debate, se ha procedido a la votación y aprobación definitiva del proyecto de Ley Foral de Presupuestos para el año 2023.

 

El Proyecto de Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra para 2023, admitido a trámite el 4 de noviembre, superó la enmienda a la totalidad formulada por Navarra Suma, sin apoyos para consumar la devolución de las cuentas al Gobierno.