Publicada el Jeudi, 12 de décembre de 2019

Rechazada la enmienda a la totalidad al PLF que regula las deducciones fiscales a prestaciones por maternidad y paternidad entre 2015 y 2018

Los votos en contra de PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos e I-E invalidan el intento de Navarra Suma de sustituir la progresividad de las deducciones por la exención total

El Pleno del Parlamento ha rechazado hoy, con los votos en contra de PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E, la enmienda a la totalidad formulada por Navarra Suma al Proyecto de Ley Foral de modificación parcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en cuyo artículo único se plantea una nueva deducción por prestaciones públicas de maternidad y paternidad percibidas entre 2015 y 2018, aplicable sólo en 2020.

 

Al no prosperar la devolución, el proyecto de Ley será trasladado a la Comisión de Economía y Hacienda, donde este mismo viernes, día 14, comenzarán los trabajos dirigidos a conformar el dictamen que, previsiblemente, el día 19 será elevado a Pleno para su definitivo debate y votación. Concluido también el plazo para la presentación de enmiendas parciales, sólo se ha registrado una de Navarra Suma.

 

La enmienda a la totalidad con texto alternativo planteada por el G.P. Navarra Suma apelaba al principio de “igualdad” recogido en el artículo 14 de la Constitución para demandar que la norma reguladora del IRPF aplique a las madres y padres que tributan en Navarra la exención de las prestaciones por maternidad, “tal y como han hecho las Diputaciones vascas sobre la base de la doctrina legal establecida por el Tribunal Supremo en la sentencia 3256/2018, de 3 de octubre”.

 

Navarra Suma consideraba que dicha remoción “puede hacerse a través de una norma legal” que, con efecto retroactivo, en este caso desde el 1 de enero de 2015, incluya como exención las prestaciones por maternidad y paternidad, dado que “no está prohibido por la Ley Foral 13/2000 General Tributaria y resulta más favorable para los interesados”.

 

El resto de grupos del arco parlamentario, conformado por PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E, han refutado el planteamiento de Navarra Suma desde una apuesta por la "progresividad", de modo que, descartada la exención, la deducción por prestaciones de maternidad y maternidad percibidas entre 2015 y 2018 se aplicará sobre la cuota diferencial del impuesto, tal y como se recoge en el Proyecto de Ley.

 

Así, en función de los ingresos, el recargo podrá ser devuelto parcial o íntegramente, circunstancia que ésta se dará en los casos en que la cuota diferencial del IRPF correspondiente a 2020 sea cero o negativa.

 

En cualquier caso, la deducción será el resultado de aplicar el porcentaje del 25% sobre las prestaciones percibidas por los sujetos pasivos cuyas rentas, incluidas las exentas, no superen los 30.000 euros. Dicho porcentaje se va reduciendo a medida que se incrementan las rentas del sujeto pasivo, llegando a cero para rentas superiores a 105.000 euros.

 

· www.parlamentodenavarra.es
· Publicación del proyecto de Ley Foral (BOPN, n.º 39, de 21-11-2019)
· Publicación de la enmienda a la totalidad (BOPN, n.º 47, de 11-12-2019)