Noiz argitaratua Osteguna, 2016.eko Irailak 15

Ley Foral de modificación de la Ley Foral 1/2016, de 29 de enero, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2016

Aprobación en Pleno. Día 15 de septiembre de 2016

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de UPN, Geroa Bai, EH Bildu, PSN, PPN e I-E y la abstención de Podemos-Ahal Dugu, la modificación de Ley Foral 1/2016, de 29 de enero, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio 2016.

La modificación tiene por objeto completar la regulación y subsanar las omisiones que, en lo tocante a la concesión de avales y a la concreción del riesgo vivo máximo de préstamos y avales, arrastra la Ley Foral 1/2016 en su artículo 15.

A ese respecto, se establece en 190 millones el riesgo vivo máximo de los avales u otras garantías análogas concedidos por la Administración de la Comunidad Foral. En el caso de las entidades públicas empresariales, fundaciones públicas y sociedades públicas, dicho importe será el resultante de incrementar en 50 millones el riesgo vivo máximo registrado al finalizar el ejercicio anterior.

Del mismo modo, se habilita al Gobierno para que pueda otorgar préstamos por un importe máximo de 800.000 euros, autorizándose de paso al Departamento de Cultura, Deporte y Juventud a conceder un préstamo por el mencionado importe a la Fundación Baluarte.

A su vez, las entidades públicas empresariales, las fundaciones y sociedades públicas podrán conceder préstamos por un importe máximo de 30 millones, previa autorización del Ejecutivo Foral, a propuesta del Consejero de Hacienda y Política Financiera.

Asimismo, se establece en 90 millones el riesgo máximo de los préstamos concedidos por la Administración, cifra que en el caso de las entidades públicas empresariales, fundaciones y sociedades públicas será el que resulte de aumentar en 30 millones el riesgo vivo máximo al finalizar el ejercicio anterior.

Quedan excluidas del cómputo de los límites establecidos, tanto en lo relativo a préstamos como a avales, las operaciones englobadas en el marco del Programa BEI-Moderna. Estas operaciones podrán ser autorizadas por el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Hacienda y Política Financiera, hasta un límite de 65 millones. El riesgo vivo máximo será el que resulte de incrementar en 19,5 millones el riesgo vivo máximo contabilizado al finalizar el ejercicio anterior.

Quedan excluidas del cómputo de los límites fijados en este artículo 15 de la Ley Foral 1/2016 de PGN 2016 los préstamos y avales que se concierten tanto entre el Gobierno de Navarra y sus sociedades públicas, como entre las diversas sociedades públicas entre sí.

Por otra parte, se modifica el artículo 17 de la Ley de Presupuestos Generales de 2016, a fin de incrementar el límite de endeudamiento del Ejecutivo Foral en 3,4 millones, correspondiente a amortización de endeudamiento de empresas públicas dentro del perímetro de consolidación, ya que ello no supone incremento de endeudamiento en términos SEC 2010, siempre y cuando no se autorice a dichas empresas para la formalización de nuevas operaciones”.

Por último, se modifica el artículo 39 de la Ley de PGN de 2016, al objeto de contemplar la concesión de ayudas económicas a las entidades locales para la elaboración o revisión de su planeamiento urbanístico municipal”.

www.parlamentodenavarra.es
• Publicación del proyecto de Ley Foral (BOPN, n.º 99, de 06-09-2016)