Noiz argitaratua Asteartea, 2016.eko Martxoak 1

Resolución por la que se insta al Gobierno de Navarra a incorporar en la nueva Ley Foral de Salud que está elaborando y en su posterior desarrollo normativo los principios de buen gobierno

Aprobación en Comisión de Salud. Día 1 de marzo de 2016

Se insta al Gobierno de Navarra a incorporar en la nueva Ley Foral de Salud que está elaborando y en su posterior desarrollo normativo, los siguientes puntos, que constituyen el denominador común de buen gobierno y buena gestión pública en los sistemas sanitarios de nuestro entorno para centros e instituciones sanitarias:

"1. Órganos colegiados (Juntas de Gobierno) en todos los centros y organizaciones del SNS-O. Para mayor autonomía de gestión, garantizar la rendición de cuentas y la transparencia, contribuir a la eficiencia y la calidad en los servicios, en todos los hospitales, centros de atención primaria y otras instituciones del SNS-O existirán juntas de gobierno, dependientes del mismo, que serán órganos colegiados ante los que responderán la dirección y/o gerencia. Estos órganos colegiados deberán tener garantizada la participación de profesionales sanitarios y de la ciudadanía.

2. Profesionalización de la función directiva-gestora. Para legitimar la función directiva en la sanidad navarra, restándole connotaciones partidarias y haciéndola más estable y eficaz, los nombramientos de gestores y cargos directivos serán realizados con procedimientos reglados de selección, a través de convocatorias públicas, de concurrencia competitiva y resolución transparente del proceso de selección.

3. Refuerzo de las estructuras de asesoramiento y participación profesional. Para mayor garantía de rigor científico-profesional en la toma de decisiones, para favorecer la implicación de los profesionales sanitarios con sus centros, para hacer el proceso de toma de decisiones más transparente, participativo y democrático y para mejorar su calidad, todos los centros del SNS-O contarán con juntas técnico-asistenciales y comisiones clínicas de asesoramiento y participación profesional en la elaboración de políticas sanitarias y toma de decisiones.

4. Instrumentos de buen gobierno/buena gestión. El reglamento deberá incluir disposiciones que obliguen a los centros a continuar y mejorar la publicación de la información relevante en Internet, a la transparencia y rendición de cuentas, a dotarse de sistemas normalizados de buenas prácticas y compilación actualizada de normas y procedimientos operativos estandarizados, que ayuden a lograr alto nivel de calidad. Igualmente se incluirán disposiciones sobre códigos de conducta, regulación de conflictos de interés entre cuadros directivos y miembros de juntas de gobierno y técnico-asistenciales, y comisiones clínicas y prevención y detección de posibles casos de fraude y corrupción. Mejorar las obligaciones de transparencia y exigir la elaboración de un sistema de indicadores de desempeño estandarizado y adaptado a cada tipo de organización asistencial del SNS-O”.

Presentada por el G.P. PSN.

 

Aprobad apor unanimidad.