Publicada el Jueves, 4 de Octubre de 2018

Ley Foral por la que se aprueba el Plan de Inversiones Financieramente Sostenibles, dotado con 113 millones

Aprobación en Pleno. Día 4 de octubre de 2018

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy, con los votos a favor de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai e I-E y las abstenciones de UPN, PSN y PPN, la Ley Foral por la que se aprueba el Plan de Inversiones Financieramente Sostenibles, dotado con 113 millones de euros.

 

Tramitada en lectura única, la Ley Foral impulsada por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai e Izquierda-Ezkerra tiene por objeto destinar a inversiones financieramente sostenibles el superávit que, en términos de contabilidad nacional, obtuvo la Comunidad Foral en el ejercicio de 2017.

 

Se entiende que Navarra cumple los requisitos para, tal y como se establece en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado, quedar eximida de los dictados del artículo 32 de la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Financiera, que obliga a destinar el superávit a “reducir el nivel de endeudamiento”.

 

No obstante, se asume que el Plan de Inversiones Financieramente Sostenibles queda supeditado a recibir la preceptiva autorización del Estado, pues así se dispone para supuestos de “incumplimiento de las reglas de gasto”.

 

Se entiende por inversión financieramente sostenible aquella que, en el largo plazo, origine un impacto “positivo, directo y verificable sobre la viabilidad de las finanzas públicas y el crecimiento potencial de la economía”. En concreto, se habla de efectos positivos para el “cambio climático, la eficiencia energética o la reducción de gastos recurrentes”, todo ello dentro del ámbito de competencia de la Comunidad Foral.

 

En ese sentido, se precisa que “la vida útil y el mantenimiento de la inversión no podrá poner en riesgo la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera de Navarra”. Y, a instancias del PSN, se precisa que “el remanente o superávit no podrá destinarse al mantenimiento de inversiones ni a la compra de mobiliario o enseres”. La enmienda socialista ha prosperado con las abstenciones de UPN y PPN.

 

El gasto realizado en inversiones financieramente sostenibles no computará a efectos de la aplicación de la regla de gasto, definida en el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Financiera.

 

La iniciación de los expedientes de gasto y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones económicas derivadas de la inversión ejecutada deberá efectuarse antes del 31 de diciembre de 2018. En el supuesto de que un proyecto no pueda ejecutarse íntegramente durante dicho ejercicio, la parte restante del gasto autorizado se podrá reconocer en el curso siguiente, con cargo al remanente de tesorería del año inmediatamente anterior, sin incurrir por ello en déficit al final del ejercicio ulterior.

 

Se faculta a la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local para establecer mediante Orden Foral las determinaciones que sean precisas para la tramitación del procedimiento administrativo relativo a las inversiones financieramente sostenibles.

 

Los expedientes de gasto diligenciados en virtud de esta Ley Foral estarán sujetos a fiscalización previa. Irán acompañados de una memoria económica específica de la inversión, de la que se dará traslado a la Intervención General del Estado para que, dado el caso, emita informe sobre su adecuación a los criterios sobre las reglas de estabilidad presupuestaria, deuda pública y demás objetivos contemplados en la Ley Orgánica 2/2012 y en la disposición adicional 116 dela Ley 6/2018 de Presupuestos Generales del Estado. La Intervención General informará al Ministerio de Hacienda y Función Pública de todas las inversiones ejecutadas.

 

En virtud de una enmienda suscrita por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai e I-E y aprobada con la abstención de UPN, PSN y PPN, se establece también el procedimiento llamado a regular la admisión por parte de la Dirección General de Administración Local de las obras vinculadas al PIL 2017-19. Así, entre los requisitos a cumplir por las Entidades Locales se dispone que las inversiones deberán estar adjudicadas antes del 31 de diciembre de 2018 y podrán iniciarse antes de la fijación de la aportación económica máxima.

 

No serán susceptibles de financiación las inversiones ejecutadas en ejercicios anteriores a 2018, ni aquellas adjudicadas con posterioridad al 31 de diciembre de 2018.

 

Las solicitudes para la inclusión y fijación de la aportación económica máxima tendrán como fecha límite el 31 de enero de 2019 e irán acompañadas de un certificado en el que conste la fecha de aprobación del proyecto y la fecha de adjudicación de la inversión, además de una declaración responsable sobre la disposición de financiación de la parte de la inversión no cubierta por este Plan.

 

Las inversiones no finalizadas en plazo serán eliminadas de la lista de reserva del PIL 2017-19. La justificación por la finalización de las obras deberá presentarse con fecha límite de 1 de diciembre de 2019. En caso de finalización de las obras fuera del plazo establecido, los servicios técnicos competentes inspeccionarán la obra o la parte de la obra correctamente justificada, a fin de dictaminar si es apta para el uso público previsto. Caso de ser así, se procederá al abono correspondiente, de lo contrario se tramitará el oportuno expediente de reintegro de las cantidades devengadas.

 

Las rentas producidas por la no inclusión de las inversiones o por renuncias de las entidades locales a su ejecución, podrán asignarse a inversiones de Redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales, en aquellos casos en que la entidad local titular de la inversión no tenga aportación inicial o esta sea inferior a la de cálculo y estén vinculadas a inversiones de Pavimentación con redes de otras entidades locales con aportación asignada y esta circunstancia comprometa la ejecución de la inversión. La asignación, en cualquier caso, se efectuará por orden de prioridad

 

El régimen excepcional previsto en el artículo 17 de la Ley Foral 18/2016 reguladora del PIL 2017-19, no será de aplicación a este Plan de Inversiones Financieramente Sostenibles.

 

La enmienda del PSN que postulaba la supresión del procedimiento regulador de las obras del PIL ha decaído con las abstenciones de UPN y PPN y los votos en contra de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai e I-E.

 

En el transcurso del debate efectuado en Pleno se han aprobado otras seis enmiendas presentadas por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai e I-E (todas con la abstención de UPN, PSN y PPN) dirigidas, entre otros, a elevar la provisión del PIL 2017/19 de 20.680.123,94 a 25.706.081,41 euros. Dicho incremento se sufraga con cargo a las partidas de Educación, cuyo fondo pasa de 20.271.883 a 16.869.203 euros, y Desarrollo Rural, que baja de 1.769.000 a 128.395 euros, incluido el incremento de la partida relativa a Aizkolegi hasta los 128.395 euros. Además, se aumenta en 800.000 y 207.622 euros, respectivamente, la provisión para la reforma de los módulos habitacionales del Valle del Roncal y la rehabilitación de un edificio en la calle Concepción Benítez.

 

El Plan de Inversiones Financieramente Sostenibles que, por valor de 113 millones euros, dispone la presente Ley Foral, se asigna de la siguiente manera: Plan de Inversiones Locales 2017/19, 25.706.081,41 euros; Departamento de Presidencia, 15.337.198 euros; Departamento de Hacienda, 586.500 euros; Departamento de Educación, 16.869.203 euros; Departamento de Salud, 9.352.643; Departamento de Desarrollo Rural, 128.395 euros; Departamento de Desarrollo Económico, 15.735.038 euros; Departamento de Derechos Sociales, 20.344.522; Departamento de Cultura, 8.740.000; y Relaciones Ciudadanas, 300.000 euros.

 

Las modificaciones presupuestarias que, dado el caso, fueran precisas para dotar de financiación adecuada a las partidas afectadas a cada actuación, se ajustarán a lo dispuesto en la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.

 

El PSN ha defendido una última enmienda, orientada a subrayar el sometimiento de la presente Ley a los dictados de la disposición adicional 116 de la Ley 6/2018 de Presupuestos Generales del Estado para 2018, que también ha sido desestimada. UPN y PPN se han abstenido y el resto se ha posicionado en contra.