Publicada el Donnerstag, 16 de März de 2023

Aprobada la Ley Foral del Consejo Navarro de Medio Ambiente

Los reuniones de este órgano, en el que se integrarán tres nuevas comisiones asesoras en materia de Economía Circular, Cambio Climático y Biodiversidad, se abren a la ciudadanía

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de Navarra Suma, PSN, Geroa Bai, Podemos-Ahal Dugu e I-E y la abstención de EH Bildu, la Ley Foral del Consejo Navarro de Medio Ambiente, un texto dirigido a dotar a la Administración de un órgano superior colegiado de carácter consultivo, en el que se integrarán las distintas comisiones asesoras existentes en la materia (Pesca, Caza y Consejo Forestal de Navarra).

 

La Ley impulsada por el Gobierno atribuye la presidencia del Consejo Navarro de Medio Ambiente al Consejero competente por razón de la materia, que estará acompañado por el director general y los titulares de los servicios con atribuciones en medio ambiente. Además, formarán parte de este órgano una persona en representación de cada una de las direcciones generales con facultad en desarrollo rural, agricultura, ganadería, industria, energía, transportes, turismo, administración local, obras públicas, protección civil y ordenación del territorio.


En representación de las distintas organizaciones y asociaciones se integrarán, entre otros, un cargo electo de la FNMC, dos representantes especializados de cada una de las dos universidades, cuatro miembros de las organizaciones ecologistas con mayor número de asociados, un representante de cada grupo parlamentario y otro por cada una de las organizaciones sindicales, empresariales, agrarias-ganaderas y agroalimentarias del Consejo Económico y social.

 

El Consejo Navarro de Medio Ambiente, que se renovará cada cuatro años, constará de un órgano superior de decisión, el Pleno, y seis comisiones asesoras: Biodiversidad, Economía Circular, Cambio Climático (nuevas), Forestal, Caza y Pesca (ya existentes). Con las actividades asociadas al trabajo de uno y otro órgano se elaborará una memoria anual.

 

Los acuerdos del Pleno, que se reunirá con carácter ordinario al menos una vez al año, se adoptarán por mayoría simple y no tendrán carácter vinculante, si bien podrán ser tenidos en consideración a la hora de definir las políticas medioambientales y la normativa de protección del medio ambiente. El acceso a las reuniones, cuyas actas deberán publicarse en la página web del departamento de Medio Ambiente, será libre para quien así lo solicite.

 

Hasta que el Consejo Navarro de Medio Ambiente no se constituya conforme a la presente Ley, mantendrá su configuración actual, si bien se regirá por lo dispuesto en esta norma.

 

La aprobación de esta norma supone la derogación de la Ley Foral 1/1993, de 17 de febrero, de creación del Consejo Navarro de Medio Ambiente, del Decreto Foral 488/1995, de 30 de octubre, del Consejo Navarro del Agua, del Decreto Foral 138/2001, de 4 de junio, por el que se crea la Comisión Técnica Interdepartamental para el desarrollo de la educación y comunicación ambiental, y del Decreto Foral 120/2001, de 21 de mayo, por el que se crea la Comisión Asesora de Educación Ambiental de Navarra.

 

En el transcurso del debate efectuado en Pleno se han debatido 23 enmiendas, 22 presentadas por EH Bildu y una última in voce suscrita por Navarra Suma, PSN, Geroa Bai y Podemos-Ahal Dugu, con el fin de dotar de representación en el Consejo Navarro de Medio Ambiente a los centros de investigación relacionados con la materia. Se ha aprobado por asentimiento.

 

Entre las defendidas por EH Bildu, han prosperado 12, casi todas enfocadas a matizar y completar las funciones y la dotación de recursos humanos y materiales que el Departamento debe poner a disposición del Consejo Navarro de Medio Ambiente, órgano que se abre a las intervenciones de quienes asistan como oyentes, siempre que lo soliciten con una antelación de al menos 5 días. Además, se ha resuelto posibilitar que los vocales permanentes no designados por la Administración puedan someter también asuntos a la consideración del Pleno, siempre que representen al menos el 10%.

 

Aprobada en lectura única, la Ley Foral de modificación de la Ley Foral del Consejo Navarro de Medio Ambiente entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BON.