Publicada el Donnerstag, 19 de Dezember de 2019

Ley Foral por la que se deroga el complemento para el personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral que hubiera sido cargo de confianza de libre designación

Aprobación en Pleno. Día 19 de diciembre de 2019

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy, con los votos a favor de PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E y la abstención de Navarra Suma, la Ley Foral por la que se deroga el complemento para el personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral que hubiera sido cargo de confianza de libre designación.

 

La Ley impulsada por el G.P. EH Bildu tiene por objeto derogar el apartado 5 del artículo 3 bis de la Ley Foral 19/1996, de 4 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de Navarra y de los altos cargos de la Administración Foral, a fin de que “todos los funcionarios que vengan percibiendo el complemento personal regulado en el citado precepto dejen de percibirlo a la entrada en vigor de la presente Ley.

 

Dicho precepto, con efectos retributivos desde 2007, posibilita la percepción de un complemento personal equivalente al 25% del sueldo del respectivo nivel a todos aquellos funcionarios de la Administración Foral y sus organismos públicos que, “durante más de dos años continuados o tres con interrupción", hayan desempeñado cargos de confianza de libre designación desde 1983.

 

El complemento en cuestión, que según se aduce “carece de reconocimiento alguno en el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra”, fue reducido al 10% entre 2012 y 2018, tras la aprobación de la Ley Foral 13/2012 de medidas urgentes en materia de personal. Dicha previsión fue prorrogada anualmente hasta que la Ley Foral 27/2018 recuperó, con efectos desde el 1 de enero de 2019, el suplemento en su integridad (25%).

 

Ese complemento, que venía actualizándose anualmente en el mismo porcentaje que las retribuciones personales básicas, se aplica una sola vez durante toda la trayectoria profesional del funcionario.

 

La Ley, que al no haber sido enmendada no ha sido dictaminada en Comisión, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BON.