Publicada el Jeudi, 29 de juin de 2017

Ley Foral de modificación de la Ley 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de los ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936

Aprobación en Pleno. Día 29 de junio de 2017

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy, con los votos a favor de UPN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu, PSN e I-E y la abstención del PPN, la Ley Foral de modificación de la Ley 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de los ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936.

 

La Ley Foral presentada por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e Izquierda-Ezkerra tiene por objeto extender a las víctimas de la práctica de bebés robados el reconocimiento, la reparación moral y el amparo institucional necesarios para hacer efectivo el derecho a la identidad y a la búsqueda de los seres queridos “injusta e ilegalmente arrebatados en el marco de la represión de género que, sobre la base de un único modelo de ser mujer y ser madre, implantó el franquismo”.

 

En su afán por subsanar las lagunas detectadas en el ámbito de la memoria histórica, la Ley compromete al Gobierno de Navarra a “apoyar a las víctimas del robo de bebés causados por la represión de la dictadura franquista, incluidas sus familias y las personas que buscan su identidad biológica”.

 

En ese contexto, se denuncia la “colaboración de instituciones religiosas, hospitales y médicos” en el ejercicio del “robo de bebés a mujeres pobres o políticamente significadas, para su entrega en falsa adopción a través del engaño, la ocultación y la marginación”.

 

Así, tras poner en valor la labor de denuncia social y penal llevada a cabo por asociaciones y personas a título individual, se proyecta la elaboración de un censo de bebés robados para, a través de un Convenio con el Fondo Documental de la UPNA, tratar de esclarecer los casos de adopción irregular e identificar a las madres biológicas que no hubieran dado su consentimiento.

 

A tal fin, se solicitará la colaboración de todas las instituciones públicas o privadas que custodien libros de adopciones, expedientes relativos a la protección de menores o historiales médicos sobre nacimientos producidos en Navarra desde el 18 de julio de 1936 hasta el 1 de enero de 1978. En el caso de las víctimas de la práctica de robo de bebés producidos entre 1979 y 1990, se conviene que también podrán acogerse a los beneficios de esta Ley, en el supuesto de que el robo se ajuste a lo previsto en la norma.

 

En todo caso, el censo, que no será público (sólo se publicitarán los datos estadísticos), proporcionará a los interesados copia de la documentación que les afecte. Y facilitará a los investigadores acreditados que lo demanden todas las informaciones relativas a su elaboración, siempre que se comprometan por escrito a no difundir datos de carácter personal, so pena de incurrir en responsabilidades penales si contravienen lo pactado”.

 

Por otra parte, el banco de ADN que, dependiente del Instituto de Medicina Legal de Navarra, se encarga de conservar las muestras de restos óseos procedentes de las exhumaciones realizadas en la Comunidad Foral, se ocupará también de recabar muestras de las personas afectadas por estos robos, debiendo ser analizadas en un plazo de tres meses a partir de su solicitud.

 

Y en el supuesto de que, tal y como se contempla en el artículo 3 de la Ley Foral 33/2013, el proceso de esclarecimiento y búsqueda exija la apertura de algún enterramiento, el Gobierno de Navarra asumirá el coste, para lo cual se dotará de una partida económica independiente de la dedicada a las exhumaciones, todo ello en el marco de un plan de trabajo anual. En este apartado, se hace constar que las víctimas de bebés robados y las víctimas de la represión de 1936 tendrán los mismos derechos en el caso de que la tarea de esclarecimiento y búsqueda conlleve el desbloqueo de alguna sepultura.

 

La Ley hace referencia también a la Comisión Técnica de Coordinación en materia de Memoria Histórica, un órgano en el que, junto al Parlamento, las Administraciones Públicas y diversas asociaciones conectadas con la materia, estarán representadas también entidades académicas y profesionales relacionadas con la historia, la medicina forense y la arqueología.

 

La norma encomienda al Gobierno de Navarra la celebración de un acto institucional a favor de las demandas de las alrededor de 200 personas afectadas en la Comunidad Foral por el “masivo robo de bebés, una vertiente de la represión franquista que se cebó especialmente con familias numerosas y/o afectadas por carencias de índole cultural y económica”.

 

A modo de colofón, se solicita al Estado las modificaciones legales pertinentes para, amén de elevar este tipo de delitos a la categoría de lesa humanidad (imprescriptibles), crear una fiscalía especializada y un banco de ADN y, ya en un plano más general, facilitar la investigación y el acceso a los archivos.

 

En ese marco, se reconoce el derecho de las personas que han sido víctimas del robo de bebés a esclarecer lo sucedido, para lo que se prevé la modificación del reglamento de asistencia jurídica gratuita aplicable en Navarra, a fin de que las personas recurrentes puedan beneficiarse de ese derecho.

 

  • www.parlamentodenavarra.es
  • Publicación del Proposición de Ley Foral (BOPN, nº 40, de 03-03-2017)
  • Publicación del dictamen (BOPN, nº 94, de 26-06-2017)