Publicada el Jeudi, 23 de mai de 2013

Aprobada la toma en consideración de la proposición de Ley de modificación de la Renta de Inclusión Social

Busca dar respuesta a las nuevas necesidades sociales derivadas de la intensidad y prolongación de la crisis, al menos hasta que la tasa de paro sea inferior al 10%

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy por unanimidad la toma en consideración de la proposición de Ley modificación de la Ley Foral 1/2012, de 23 de enero, por la que se regula la Renta de Inclusión Social.

La proposición de Ley Foral presentada por el G.P. Socialistas de Navarra tiene por objeto “dar respuesta a la actual situación de personas en condiciones de exclusión y al justificado aumento de las necesidades sociales derivado de la intensidad y prolongación de la crisis”, para lo cual se plantean una serie de cambios que, “cuando menos, estarán en vigor hasta que las cifras del paro en Navarra sean inferiores al 10%”.

A tal fin, se postula la modificación de la Ley Foral 1/2012, dado que el doble itinerario establecido para, por un lado, atender las necesidades básicas de las personas sin ningún tipo de recurso y, por otro, facilitar la reincorporación laboral de aquellos otros que, coyunturalmente, han perdido el empleo y agotado las prestaciones y subsidios, apenas se ha cumplido en este segundo supuesto.

Por ello, aun reafirmándose en la idea de que la Renta de Inclusión Social debe orientarse a la “inserción laboral efectiva”, se admite la necesidad de atender las “necesidades elementales de numerosas familias afectadas por la falta de empleo prolongada en el tiempo”.

Para ello, se flexibilizan los requisitos de acceso a la prestación, de modo que la excepcionalidad deja de estar sujeta a la edad (mayor de 25 y menor de 65) y a los recursos económicos generados en el último semestre (inferiores en cómputo mensual a la cuantía de la RIS que le corresponda), para extenderse al resto de condiciones, siempre que medien “causas objetivamente justificadas”.

En lo relativo al periodo de percepción y frente a la inconcreción de la norma en revisión, se detallan los requerimientos necesarios para prolongar el tiempo máximo de cobro más allá de los 24 meses (renovable cada seis), para lo cual se recurre a la inserción de supuestos concretos en el apartado dos del artículo 5.

Del mismo modo, se añaden nuevos supuestos al Acuerdo de Incorporación, de manera que serán las “características, necesidades y posibilidades” del solicitante las que determinen su inclusión en el itinerario social o en el sociolaboral.

En este terreno, se sitúa la posibilidad de que el Departamento destine a una empresa o entidad “hasta el importe máximo” de la RIS que le pudiera corresponder a una persona “sin ningún otro ingreso complementario”, siempre que se le contrate por un período “no inferior a 6 meses” y su incorporación suponga “aumento neto de plantilla”.

En cuanto a los posibles usos indebidos de la RIS, el proyecto tacha dicha prestación de “instransferible” y, por tanto, “no podrá ofrecerse en garantía ni ser objeto de cesión total o parcial”. Tampoco podrá ser objeto de “compensación o descuento” (salvo para el devengo de las cantidades indebidamente percibidas) ni de “retención o embargo”, a excepción de en los supuestos y con los límites previstos en la legislación estatal que resulte de aplicación.

En lo tocante al procedimiento, de carácter “abreviado y preferente”, se establece un tiempo “máximo de dos meses” para valorar los expedientes en tramitación, entendiéndose estimados por “silencio administrativo positivo” en los supuestos de que la resolución no sea notificada en plazo.

Y caso de que la solicitud sea desestimada, la suspensión del abono de la prestación tendrá lugar a partir de la fecha de aviso, “no pudiendo la Administración solicitar el reintegro de las cantidades percibidas hasta ese momento”.

La proposición de Ley tomada hoy en consideración viene a sumarse a la de Bildu, Aralar-Nabai, I-E y los no adscritos, admitida en el Pleno del pasado día 11. La idea es que ambas se debatan en el seno de una ponencia.

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• Publicación del Proposición de Ley Foral (BOPN, nº 42, de 23-04-2013)