Publicada el Jeudi, 11 de novembre de 2010

Aprobada la Ley Foral del Plan de Estadística de Navarra 2011-2016

La norma modifica, una vez expirado el tercer y último plan, la Ley Foral 11/1997 de Estadística de Navarra, reguladora de esta actividad en la Comunidad Foral

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor del G.P. UPN, G.P. SPN, A.P.F. CDN y A.P.F. IUN-NEB y la abstención del G.P. Nabai, la Ley Foral del Plan de Estadística de Navarra 2011-2016, norma que modifica, una vez expirado el tercer y último plan, la Ley Foral 11/1997 de Estadística de Navarra, reguladora de esta actividad en la Comunidad Foral.


La Ley Foral 11/1997 establece que el instrumento de promoción, ordenación y planificación de la actividad estadística pública de interés para Navarra será el Plan de Estadística de Navarra, amparado en la idea de que una planificación permite utilizar mejor los recursos, posibilita el diseño de la actividad estadística necesaria y potencia la cooperación entre los diversos organismos o agentes.


El IV Plan de Estadística de Navarra 2011-2016 que proyecta el Gobierno a través de esta nueva Ley Foral tiene una duración de 6 años (dos más que los anteriores) y señala como objetivos generales a alcanzar los que a continuación se describen:


1.- Producir la información estadística que demanda la sociedad. En el proyecto se recogen un total 379 operaciones.


2.- Continuar aplicando la perspectiva de Género e incluir las de Nacionalidad y País de Nacimiento (a petición de la Oficina de Atención a la Inmigración), para dar respuesta a las necesidad de información que demanda la sociedad.


3.- Utilización de Registros Administrativos, de cara a mantener el objetivo de avanzar en la obtención de un inventario de registros administrativos para cada Departamento.


4.- Producir la información necesaria para evaluar las metas establecidas en el Plan Moderna en lo referente a “prosperidad, distribución de riqueza, calidad de vida y sostenibilidad medioambiental”.


Entre los objetivos específicos que, siguiendo los principios de organización, producción y difusión inherentes a toda actuación estadística, propone este IV Plan se encuentran los siguientes:


1.- Completar el Sistema Estadístico de Navarra mediante la creación de las Unidades Estadísticas Departamentales, el tercer pilar de un sistema que, según la Ley Foral de Estadística 11/1997, conforman el Instituto y el Consejo de Estadística. Su misión sería la de asumir una responsabilidad funcional de seguimiento de todas las operaciones que se produzcan en cada Departamento y su coordinación con el IEN.


2.- A nivel de producción, ampliar y mejorar la información relativa a los cambios demográficos experimentados en Navarra; profundizar en el conocimiento de los sectores educativo y sanitario mediante la elaboración de las Cuentas Satélite de los dos sectores; impulsar la estadística oficial en el ámbito “lingüístico, medioambiental, de la calidad social, de los servicios públicos y de la sostenibilidad”; y evaluar la gestión mediante la producción de indicadores que permitan la comparación del desarrollo económico y social con el de otros ámbitos territoriales.


3.- En lo referido a difusión, se señala que toda estadística oficial estará disponible en la web del Instituto de Estadística de Navarra, mientras que en la web del Gobierno de Navarra se recogerá la información estadística producida por cada Departamento, así como una batería de indicadores que presentará de una forma sintética su actividad sectorial.


Además, se pretende “atender personalizadamente” las peticiones de información específicas, así como conocer y evaluar las peticiones y el “grado de satisfacción de los usuarios”.


Por otra parte, se aboga por el fomento de la “apertura y colaboración interinstitucional”, con el fin de “aprovechar las fuentes existentes, realizar proyectos de interés recíproco, ahorrar recursos y evitar la duplicidad de demandas de información a ciudadanos y empresas”.


Finalmente, se prevé la remisión a los grupos parlamentarios del Programa Anual de Estadística, de cara a “mantener sistemáticamente informado” al Parlamento de Navarra.

· www.parlamento-navarra.es
· Publicación del proyecto de Ley Foral (BOPN, n.º 66, de 11-06-2010)
· Publicación de las enmiendas (BOPN, n º 91, de 21-09-2010)
· Publicación del dictamen (BOPN, n º 102, de 22-10-2010)