Publicada el Jueves, 14 de Junio de 2018

Se insta al Gobierno de Navarra a garantizar la no imposición de uniformes diferenciados por sexo

Al amparo de un fallo del TS de 2011, se urge a abordar las modificaciones normativas necesarias para velar por la igualdad efectiva en los ámbitos educativo y laboral

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu, PSN e I-E y los votos en contra de UPN y PPN, una resolución por la que se insta al Gobierno de Navarra a que, “en el ámbito de sus competencias, incorpore en la futura ley de igualdad de Navarra, así como en la legislación educativa y laboral correspondiente, garantías para la libertad de vestimenta y la no imposición de uniformes diferenciados por sexo en los ámbitos de la enseñanza pública, concertada y privada, así como en el laboral”.

 

La resolución aprobada incluye un segundo punto en el que, a su vez, se exhorta al Gobierno de España a “iniciar, en el plazo de tiempo más breve posible, los trabajos para la aprobación en la presente legislatura de las modificaciones necesarias en la Ley 3/2007, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, así como en la legislación educativa y laboral correspondiente, que garanticen la libertad de vestimenta y la no imposición de uniformes diferenciados por sexo en los ámbitos de la enseñanza pública, concertada y privada, así como en el laboral”.

 

En la exposición de motivos, la resolución impulsada por el G.P Podemos-Ahal Dugu invoca la Resolución del Parlamento Europeo de 12 de marzo de 2013 sobre la eliminación de los estereotipos de género en la UE, donde se desglosan las recomendaciones normativas y de adopción de medidas específicas y, a ese respecto, se solicita la erradicación de todo aquel patrón que resulte nocivo para la consecución de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

 

En ese contexto, se apunta que los uniformes escolares diferenciados por sexo (pantalón para los niños, falda o vestido para las niñas) “han sido objeto de crítica por organizaciones feministas de todo el continente, que los juzgan determinantes para mantener los estereotipos de género en la escuela, además de limitar la acción física de las niñas y persistir en una objetualización sexual de los cuerpos de las mujeres, que continúa después en el ámbito laboral”.

 

Así, tras hacer hincapié en la infancia debido a la “influencia de esas percepciones tempranas en el futuro comportamiento de hombres y mujeres”, se alude a la Sentencia del Tribunal Supremo del 19 de abril de 2011, que considera “contraria a la igualdad la práctica habitual del uniforme femenino en la sanidad privada”, y se solicita su extensión al ámbito educativo, “donde todavía hay centros concertados o privados que mantienen un código de vestimenta diferenciado por sexo”.

 

Por todo ello, se propone realizar las modificaciones normativas pertinentes para, incluida la incorporación de un “régimen sancionador”, velar por la igualdad efectiva, en este caso desde la óptica de la indumentaria escolar y laboral.