Publicada el Jueves, 11 de Mayo de 2017

Resolución por la que se insta al Gobierno de Navarra a que investigue sobre la imposición de cláusulas abusivas, como las cláusulas suelo

Aprobación en Pleno. Día 11 de mayo de 2017

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado por unanimidad una Resolución por la que se insta al Gobierno de Navarra a que lleve a cabo de forma activa investigaciones sobre la imposición de cláusulas abusivas, en particular cláusulas suelo, por parte de las entidades financieras establecidas en Navarra, a propuesta del G.P. Podemos-Ahal Dugu.

La Resolución aprobada dice lo siguiente:

“El Parlamento de Navarra insta al Gobierno de Navarra para que dé instrucciones al Servicio de Consumo, a fin de que este:

– Lleve a cabo de forma activa investigaciones sobre la imposición de cláusulas abusivas, en particular cláusulas suelo, por parte de las entidades financieras establecidas en Navarra.

– Lleve a cabo un control de la aplicación o utilización del Real Decreto Ley 1/2017 en las reclamaciones extrajudiciales que las y los particulares realizan a sus entidades financieras en esta materia.

– Imponga, previos los trámites y estudios jurídicos pertinentes, las sanciones previstas en la normativa foral en materia de defensa de consumidores/as y usuarios/as, en los casos en que detecte una imposición generalizada y extendida de este tipo de cláusulas, y sean estas, además, agravadas e incrementadas en los casos en que se aprecie resistencia o mala fe por parte de las entidades financieras, en la aplicación de las soluciones extrajudiciales previstas en el Real Decreto Ley 1/2017”.

En la Exposición de motivos de la propuesta de resolución se decía lo siguiente:

“Es de sobra conocida la problemática surgida en nuestra sociedad en torno a la imposición o inclusión de cláusulas abusivas en la contratación de préstamos hipotecarios y otros productos bancarios y financieros por parte de las entidades (bancos y cajas de ahorro).

En particular, una de las más gravosas para las y los deudores hipotecarios es la que constituía límites mínimos a los tipos de interés a pagar por los préstamos hipotecarios, las comúnmente llamadas “cláusulas suelo”.

A pesar de las incontables resoluciones judiciales en todas las instancias concluyendo la nulidad de tales cláusulas, por razón de la falta de información suficiente prestada a la persona particular en el momento de la contratación, y el desequilibrio que en los términos del contrato provocaban, son todavía numerosísimos los afectados y afectadas por las mismas, sin que hasta la fecha los poderes legislativo y ejecutivo hayan abordado políticas claras de defensa de las y los consumidores y usuarios/as en esta materia.

La reciente aprobación del Real Decreto-Ley 1/2016, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores y consumidoras en materia de cláusulas suelo, ha instaurado un procedimiento de reclamación extrajudicial para la anulación de estas cláusulas, cuyo propósito declarado es favorecer los acuerdos privados entre las partes, evitando de alguna manera la imperatividad de acudir a largos y muchas veces costosos procesos judiciales para lograr lo que ya es un clamor jurídico: la nulidad absoluta de las cláusulas suelo como elemento desequilibrador de las prestaciones en los contratos de préstamo a interés variable.

Sin embargo, transcurrido un tiempo desde la promulgación de esta norma, lo cierto es que las entidades financieras podrían estar aprovechando ese mecanismo extrajudicial para dilatar aún más si cabe fa anulación de la cláusula y la consiguiente devolución de cantidades indebidamente abonadas por efecto de dicha cláusula suelo. Son pocos los casos en que las entidades reconocen la nulidad y devuelven, voluntariamente, cantidades económicas a las y los particulares.

En este sentido, la Ley Foral 7/2006, de 20 de junio, de Defensa de los Consumidores y Usuarios, tipifica como infracción en materia de consumo, en su artículo 39.m) “la inclusión o imposición de cláusulas o prácticas abusivas”. Sanción que pueden imponer los poderes públicos en estos casos, cuando como en el caso de las cláusulas suelo, se detecta un uso extendido y generalizado de estas prácticas.

Así, otros organismos de defensa de las y los consumidores, como el organismo “Kontsumobide”, del Gobierno Vasco, ya han impuesto sanciones por este motivo, con base en legislaciones autonómicas análogas a la Navarra, a las entidades financieras que incluían cláusulas suelo no negociadas y abusivas en sus contratos de préstamo hipotecario”.