Publicada el Jueves, 12 de Marzo de 2009

El Parlamento aprueba la Ley Foral por la que se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 135.738 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Sesma, al objeto de ampliar el polígono industrial

La Ley Foral, tramitada de manera directa y en lectura única, tiene por objeto satisfacer la demanda de suelo industrial existente en Sesma para, con la consiguiente ampliación del actual Polígono Industrial, crear 84 puestos de trabajo y consolidar otros 440 ya existentes.

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy por unanimidad la Ley Foral por la que se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 135.738 metros cuadrados de terreno comunal perteneciente al Ayuntamiento de Sesma.

La Ley Foral, tramitada de manera directa y en lectura única, tiene por objeto “satisfacer la demanda de suelo industrial existente en Sesma” para, con la consiguiente “ampliación” del actual Polígono Industrial, “crear 84 puestos de trabajo y consolidar otros 440 ya existentes”.

A tal fin, en el artículo 1 de la Ley “se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 135.738 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Sesma, correspondientes a 72.000 metros cuadrados de la parcela 130 del polígono 5; a 36.509 metros cuadrados de la parcela 84 del polígono 6; y a 27.229,22 metros cuadrados de la parcela 108 del polígono 5 del Catastro de Sesma”.

El artículo 2 “autoriza” al Ayuntamiento de Sesma la “permuta” de los terrenos descritos en el artículo 1 “por 24.000 metros cuadrados correspondientes a parte de la parcela 625 del polígono 4; a 12.169,82 metros cuadrados correspondientes a la parcela 163 del polígono 4; y a 7.105 metros cuadrados correspondientes a parte de la parcela 161 del polígono 4”. Todo ello con el fin de dar lugar a la “expansión de las empresas existentes” (2), así como a la “nueva instalación de otras” (9) en el polígono industrial del Juncalillo.

El acuerdo de permuta, según se precisa también en el artículo 2, incluye una “cláusula de reversión a favor del patrimonio comunal, caso de que desaparezcan o se incumplan los fines que motivan la desafectación”.

Del mismo modo, y para evitar la “progresiva disminución del patrimonio comunal”, el artículo 2 insta al Ayuntamiento de Sesma a que “proceda a la compra de 51.000 metros cuadrados a los que dé la calificación jurídica de bienes comunales”.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 140.5 de la Ley Foral 6/1990 de la Administración Local de Navarra, la desafectación de la superficie solicitada por el Consitorio de Sesma, dado que supera los límites establecidos para la pequeña parcela, requiere de aprobación mediante Ley Foral.

 

· Publicación de la proposición de Ley Foral (BOPN, n.º 17, de 10-03-2009)