Publicada el Miércoles, 30 de Noviembre de 2016

Aprobado el dictamen en relación con el proyecto de modificación parcial de la Ley Foral General Tributaria

Se desea reforzar la prevención y persecución del delito fiscal, así como adaptar a las exigencias europeas todo lo referido a ayudas de Estado de intercambio de información

La Comisión de Hacienda y Política Financiera ha aprobado hoy el dictamen en relación con el proyecto de Ley Foral por el que se modifica parcialmente la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria.


El proyecto de Ley tiene por objeto de modernizar los procedimientos tributarios para, en el marco de una creciente seguridad jurídica y confianza legítima, reforzar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, adaptando de paso a las exigencias europeas todo lo referido a ayudas de Estado e intercambio de información.


A tal fin, se refuerzan la prevención y la lucha contra el fraude, permitiendo que en procedimientos penales por delito fiscal Hacienda pueda practicar las correspondientes liquidaciones tributarias de los hechos investigados, algo que hasta ahora no era posible.


Asimismo, se modifican los requisitos para la concesión de aplazamientos, de cara a garantizar la ejecución de los mismos. De esta manera, se es más exigente con el pago a cuenta y se reduce, de tres a dos años, el plazo en el que no es necesaria la aportación de garantía.


No obstante, en los supuestos de solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento realizadas tanto en período voluntario como en período ejecutivo, siempre que el importe sea inferior a 6.000 euros, con un período de aplazamiento o fraccionamiento de hasta 12 meses y periodicidad mensual, no se exigirán garantías ni tampoco el ingreso anterior a su tramitación.


Esta matización, tendente a “evitar que el endurecimiento de los requisitos impida la ejecución de la deuda”, ha sido introducida a partir de una enmienda in voce registrada por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E y aprobada por unanimidad.


UPN ha planteado ceñir las nuevas medidas que restringen la concesión de aplazamientos a empresas cuya cifra de negocios supere los 10 millones en el anterior ejercicio impositivo, al entender que lo contrario podría resultar “contraproducente, especialmente para autónomos y pymes, que todavía necesitan ayuda en forma de facilidades de pago de las dudas tributarias”. Sin más respaldo que el de PSN y PPN, la enmienda ha decaído.


Por otra parte, la Ley adapta la normativa tributaria foral a las exigencias del derecho de la Unión Europea en lo relativo a la recuperación de las ayudas de Estado y a la implantación de las obligaciones de información a las entidades financieras en el ámbito de la diligencia debida y la asistencia mutua.


Finalmente, se introducen una serie de mejoras técnicas y de adecuación de la normativa tributaria a la experiencia diaria acumulada en el funcionamiento de la Hacienda de Navarra. En este campo merecen destacarse los avances en las medidas relacionadas con la prescripción, con el reembolso del coste de los avales y garantías aportados para suspender la ejecución de una deuda tributaria cuando ésta haya sido declarada improcedente, y con la cesión de datos tributarios a las Administraciones Públicas de Navarra para el desempeño de sus funciones y competencias.


A ese respecto, se excepciona el carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria cuando, en el marco de la debida colaboración con las Administraciones Públicas de Navarra, en general, y con el departamento de Vivienda, en particular, se precisen datos dirigidos a la identificación de individuos y domicilios de personas físicas y jurídicas”.


En el caso del departamento competente en materia de Vivienda, la cesión de datos con carácter reservado alcanzará a todas sus funciones relacionadas con el fomento del acceso a la vivienda, la gestión de las ayudas públicas destinadas a actuaciones protegibles en materia de vivienda y el mantenimiento de los Registros de viviendas que se encuentren a su cargo.


En definitiva, se trata de que el Departamento de Vivienda tenga acceso a todos los apuntes tributarios que le sean precisos para cumplir con sus prerrogativas, ya sean de datos relativos a la renta de las personas físicas, ya sean datos de titularidades de inmuebles, de ocupación o realización de actividades económicas. Todo, según se hace constar, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava, que es la que rige el suministro de información de carácter tributario.


Estas previsiones han sido agregadas a partir de sendas enmiendas suscritas por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E, ambas aprobadas por unanimidad.


Tras su aprobación en Comisión, el dictamen correspondiente al proyecto de Ley Foral por el que se modifica parcialmente la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria será elevado a Pleno para su definitivo debate y votación.


A la sesión, presidida por Luis Casado (G.P. UPN), han asistido Carlos García Adanero, Sánchez de Muniáin, Iñaki Iriarte (UPN), Unai Hualde, Jokin Castiella, Rafael Eraso (Geroa Bai), Adolfo Araiz, Arantza Izurdiaga (EH Bildu), Rubén Velasco, Laura Pérez (Podemos-Ahal Dugu), Santos Cerdán, Inma Jurío (PSN), Ana Beltrán (PPN) y Marisa de Simón (Izquierda-Ezkerra).

www.parlamentodenavarra.es
• Publicación del Proyecto de Ley Foral (BOPN, nº 128, de 03-11-2016)
• Publicación de las enmiendas (BOPN, nº 138, de 23-11-2016)