Publicada el Martes, 10 de Enero de 2012

Aprobado el dictamen en relación con el proyecto de Ley Foral por el que se regula la Renta de Inclusión Social

La norma regula la prestación económica para gente en situación de exclusión social y otorga 6 meses al Gobierno para reglar la ayuda a parados sin subsidios

La Comisión de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud ha aprobado hoy el dictamen en relación con el proyecto de Ley Foral por el que se regula la Renta de Inclusión Social.

La norma parte de que la finalidad principal de esta prestación se ha visto “desvirtuada” a causa de la crisis económica, de modo que entre los demandantes actuales se puede encontrar tanto a personas en situación de exclusión social, “destinatarios en origen” de esta prestación, como a gente que ha perdido el trabajo y ha agotado las prestaciones y subsidios por desempleo, y a quienes “en ningún caso cabe considerar como excluidos sociales”.

Para restaurar la filosofía inicial de esta prestación “periódica y garantizada”, el proyecto de Ley establece dos itinerarios. Uno para unidades familiares en situación de “exclusión social”, a quienes se destina una prestación económica orientada a satisfacer las “necesidades básicas y fomentar la incorporación social”. Y otro para personas en situación de desempleo y sin derecho a prestaciones y subsidios laborales, colectivo para el que se prevén unas “Ayudas” que el Gobierno deberá regular vía Decreto Foral en el plazo de “6 meses”. Entretanto y según se precisa en la enmienda in voce aprobada a instancias de UPN y SN con el respaldo de Nabai y PPN, la abstención de Bildu y el voto en contra de I-E, la Consejera establecerá con carácter “transitorio” las “condiciones y requisitos” de acceso a dichas ayudas.

La renta de inclusión social, objeto principal de esta Ley, tiene carácter “complementario” y naturaleza “subsidiaria” respecto a cualquier otro tipo de recursos y ayudas económicas legalmente previstos, los cuales deberán hacerse valer “íntegramente con anterioridad” a su solicitud.

Para el acceso a la renta de inclusión social, salvo excepciones “una por unidad familiar”, se requieren 24 meses de residencia legal en Navarra (hasta ahora 12), ser mayor de 25 y menor de 65 años, y que los recursos económicos de la unidad familiar en el último semestre sean, en cómputo mensual, inferiores a la cuantía de la renta de inclusión social que le correspondería.

Excepcionalmente, cuando concurran circunstancias de especial necesidad, podrán reconocerse como beneficiarias a personas que incumplan los citados requisitos de edad e ingresos.

La cuantía de la renta de inclusión social en 2012 será de hasta 641,40 euros mensuales, en el caso de una persona; de hasta 769,68, en el caso de dos; de hasta 833,82, en el caso de 3; de hasta 897, 96, en el caso de 4, y de hasta de 962,10 euros para cinco o más personas. Desde el decimotercer mes de percepción la renta alcanzará, como tope, el 90% de cantidades estipuladas.

Los importes máximos de esta prestación económica serán fijados anualmente en la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra, mientras que los mínimos se establecerán reglamentariamente.

En cuanto al período de percepción, la concesión de la renta tendrá con carácter general una duración de 6 meses, ampliables hasta un máximo de 24. En los casos de renovación extraordinaria más allá de los 2 años, la prestación no superará el 80% de los importes consignados.

El otorgamiento de la renta de inclusión social exige, entre otros, la suscripción de un Acuerdo de Incorporación que podrá contemplar la “obligación” de participar en actividades de “cooperación, servicios de voluntariado y otro tipo de acciones en beneficio de la sociedad”. También en “acciones formativas vinculadas con estos ámbitos”, requerimiento éste agregado a partir de una enmienda in voce suscrita por UPN y PPN, apoyada también por SN, y rechazada por Nabai, Bildu e I-E.

La no remisión o el incumplimiento del citado Acuerdo de Incorporación se inserta entre las causas de extinción del derecho a la prestación. Causas a las que UPN y PPN han incorporado vía in voce, con el apoyo de SN, el fallecimiento del beneficiario, “salvo en los supuestos de subrogación en otro miembro de la unidad familiar” que se regulen reglamentariamente.

La norma contiene un régimen sancionador dirigido a castigar las actuaciones destinadas a “obtener o conservar la renta a sabiendas de que no se reúnen los requisitos” exigidos. A tal efecto, las infracciones se dividen en leves, graves y muy graves, y, en función del grado, penalizan con apercibimiento, multa de entre 100 y 3.000 euros o prohibición de acceso a la prestación durante un período que oscila entre los seis meses y los tres años.

A partir de la entrada en vigor de esta Ley, las solicitudes de renovación de la prestación se tramitarán y resolverán conforme a lo establecido en la misma, excepto lo relativo al requisito de residencia continuada y efectiva, que será de 18 meses.

Finalmente, en el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor de la Ley, el Gobierno deberá aprobar mediante decreto el desarrollo reglamentario de la renta de inclusión social.

En el transcurso del debate llevado a cabo en Comisión se han discutido 76 enmiendas, de las que se han aprobado 7, 5 de ellas in voce: 3 suscritas por UPN y PPN, y 2 por UPN y SN. De las otras dos enmiendas aprobadas, ambas impulsadas en solitario por el Grupo Popular y apoyadas por UPN, SN e I-E, una suma a las obligaciones de los beneficiarios la de “comunicar cualquier cambio de domicilio habitual” (rechazo de Nabai y abstención de Bildu) y la otra incluye la “renuncia” como motivo de extinción del derecho a la prestación (rechazo de Bildu, abstención de Nabai).

Las 69 enmiendas restantes han decaído. Las de Nabai (13), Bildu (16) e I-E (21) se han centrado en mitigar el perfil “restrictivo” de la nueva norma para, cuando menos, mantener la prestación en sus niveles actuales. Las del PPN (19), favorable a “actualizar” el contenido de la renta básica, pretendían evitar, fundamentalmente, la “exclusión” cómo beneficiarios de las personas en situación de desempleo que han agotado el cobro de todo tipo de prestaciones y subsidios.

Una vez aprobado el dictamen, y tras ser rechazadas las enmiendas a la totalidad planteadas por Nabai, Bildu, PPN e I-E en la última sesión plenaria del año, el texto será elevado al Pleno del próximo día 17, para su definitivo debate y votación.

A la sesión, presidida por Román Felones (SN), han asistido, por el G.P. UPN, Ramón Casado, María Victoria Castillo, Carmen Ferrer, Esteban Garijo, Pruden Indurain y José Antonio Rapún; por el G.P. SPN, María Victoria Arraiza y Gregorio Galilea; por el G.P. Nabai, Asun Fernández de Garaialde y Xabier Lasa; por el G.P. Bildu, Bikendi Barea y Aitziber Sarasola; por el G.P. PPN, Enrique Martín; y por el G.P. I-E, Txema Mauleón.

· www.parlamento-navarra.es
·  Publicación del Proyecto de Ley Foral (BOPN, nº 36, de 02-12-2011)