Publicada el Jueves, 21 de Mayo de 2009

Aprobada la Ley Foral por la que se modifica en parte la Ley Foral de las Policías de Navarra 8/2007, con el fin de reducir en cinco centímetros la estatura mínima exigible

Con objeto de reducir de 1,70 a 1,65 metros, en el caso de los hombres, y de 1,65 a 1,60 metros, en el caso de las mujeres, la estatura mínima exigida reglamentariamente para poder concurrir a las pruebas selectivas de ingreso como funcionario perteneciente a los Cuerpos de Policía de Navarra.

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy por unanimidad la Ley de modificación de la Ley Foral de las Policías de Navarra 8/2007, cuyo objeto es reducir de 1,70 a 1,65 metros, en el caso de los hombres, y de 1,65 a 1,60 metros, en el caso de las mujeres, la estatura mínima exigida reglamentariamente para poder concurrir a las pruebas selectivas de ingreso como funcionario perteneciente a los Cuerpos de Policía de Navarra.

A tal fin, la Ley impulsada por el G.P. Nabai, cuya toma en consideración se aprobó en el Pleno del pasado 26 de marzo, modifica el artículo 30, apartado 1e, de la Ley Foral 8/2007de las Policías de Navarra, que queda redactado de la siguiente manera: “tener una estatura mínima de 1,65 metros los varones y 1,60 metros las mujeres”.

En la exposición de motivos, se arguye que las actuales medidas resultan “discriminatorias”, tanto en lo referido a la mayor exigencia que suponen respecto a “otras policías autonómicas” y al propio “Cuerpo Nacional de Policía”, como en lo relativo “a la diferencia que se establece entre hombres y mujeres, pues es mucho mayor el porcentaje de varones que alcanza el requisito”.

 

· Publicación de la proposición de Ley Foral (BOPN, n.º 9, de 17-02-2009)