Publicada el Jueves, 20 de Diciembre de 2012

Aprobada la Ley Foral de modificación del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Se sube la tributación de las rentas altas, aún dos puntos por debajo del régimen general, se reduce la deducción por vivienda y se ayuda a los emprendedores

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de UPN, SN y PPN y los votos en contra de Bildu, Nabai, I-E y los dos parlamentarios no adscritos, la Ley Foral de modificación del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

La modificación del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF persigue “mejorar su progresividad” aumentando la tributación de las rentas más altas (del 49 al 52% las superiores a 300.000 euros, del 49 al 51% las que oscilan entre 175.000 y 300.000 euros, y del 46,5 al 47% las de entre 53.407 y 88.000 euros) y de los rendimientos de capital superiores a 24.000 euros (del 26 al 27%).

Con las correcciones introducidas se opera un acercamiento respecto a los tramos imperantes en el resto del Estado, donde el tipo impositivo más alto para el IRPF es del 54%, siendo del 27%, como se propone ahora en Navarra, para las rentas del capital, que en la Comunidad Foral seguirán grabando un punto por debajo en los tramos inferiores, el 20% hasta 6.000 euros y el 24% hasta 24.000.

En cuanto a la deducción por vivienda, se modifica la base máxima de la deducción anual por adquisición o rehabilitación de vivienda que constituya domicilio habitual, que se reduce de 9.000 a 7.000 euros, con carácter general, y de 21.000 a 15.000 euros, en el caso de tributación conjunta. 
 

Para nuevas viviendas, con carácter general sólo se podrán aplicar la deducción las bases liquidables inferiores a 20.000 euros, 40.000 si la declaración es conjunta (22.000 y 44.000 para familias numerosas), con un importe de deducción del 15%, tres puntos más en el caso de familias con dos hijos y del 30% para familias numerosas.

Además, se establece un gravamen complementario para 2013, tanto respecto a la tarifa de la base liquidable general como de la base liquidable especial del ahorro. Quedan exentas las viviendas adquiridas o rehabilitadas antes del 1 de enero de 2013, así como las obras iniciadas y las cantidades abonadas antes de esa fecha, siempre que la suma de bases del período impositivo sea igual o superior a 20.000 euros anuales, en cuyo caso podrá seguir aplicando la deducción por vivienda con arreglo a las condiciones y requisitos vigentes a 31 de diciembre de 2012.

En el ámbito del alquiler, se prevé una deducción del 15%, hasta un máximo de 1.200 euros anuales, por los pagos de arriendo para domicilio habitual.

En otro orden de cosas, se introduce un gravamen especial sobre premios de determinadas loterías y apuestas, cuyo importe íntegro sea superior a 2.500 euros y siempre que la apuesta o la cuantía del décimo, fracción o cupón de lotería sea de al menos 0,50 euros.

Por otra parte, se establecen beneficios fiscales para las personas o entidades emprendedoras y para quienes inviertan en éstas. Se considerará emprendedora aquella actividad empresarial o profesional que no haya sido ejercida bajo otra titularidad, en todo o en parte, en los 5 años anteriores.

www.parlamentodenavarra.es
• Publicación de la Proposición de Ley Foral (BOPN, nº 72, de 17-09-2012)
• Publicación de las enmiendas (BOPN, nº 103, de 07-12-2012)
• Dictamen (Anexo n. º 2)