Publicada el Thursday, 9 de November de 2017

El Parlamento solicita la aplicación de la legislación vigente a los presos navarros gravemente enfermos

Se rechaza la interpretación del Ministerio del Interior, que sólo prevé la excarcelación si el fallecimiento es predecible, con razonable certeza, en el breve plazo de dos meses

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu, PSN e I-E y los votos en contra de UPN y PPN, una resolución por la que la Cámara “apoya la motivación básica y los principios inspiradores de la legislación vigente estatal e internacional relativa a la revisión por razones humanitarias de las condenas de las personas presas que, de acuerdo a informes médicos contrastados, estén gravemente enfermas con pronóstico de vida limitado o con padecimientos incurables”.

 

En ese sentido, el Legislativo Foral manifiesta su voluntad de que, en aplicación de la legislación vigente, los presos navarros gravemente enfermos puedan ser excarcelados o se les puedan aplicar las medidas atenuantes oportunas”.

 

La resolución aprobada incluye un segundo punto en el que, a su vez, el Parlamento de Navarra hace patente su “rechazo a los aspectos restrictivos que establece la instrucción 3/2017 de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias referente al procedimiento para la emisión de informe médico y tramitación de la excarcelación por enfermedad muy grave con padecimientos incurables, especialmente en los casos donde califique de ‘peligro patente para la vida’, que define ‘a muy corto plazo’, así como a la interpretación que el Ministerio del Interior le ha dado, ya que se opone al espíritu de la normativa penitenciaria y a los más básicos principios de humanidad, así como a los fundamentos deontológicos del personal médico que supuestamente debería adoptar este tipo de decisiones”.

 

Del mismo modo, ya en un tercer apartado, la Cámara emplaza a las autoridades competentes a “elaborar un protocolo claro para que, en consonancia con el artículo 91 del Código Penal y los principios humanitarios básicos, la Administración Penitenciaria pueda solicitar, a instancias del penado, formas de prisión atenuada por motivos humanitarios”.

 

Dicho protocolo, según se hace constar, “especificará las circunstancias que deben concurrir para la aplicación de dicha medida, la creación de un Comité de Expertos que emita informes confidenciales sobre cada caso, la posibilidad de recurrir la decisión adoptada por aquellos, los plazos para comunicarla, etc”.

 

Por último, el Parlamento de Navarra “solicita a las autoridades competentes una mejora sustantiva del equipamiento de las unidades médicas en las prisiones del Estado, muy particularmente de las unidades de salud mental, y que se amplíe la oferta de programas de desintoxicación a las personas presas, a fin de satisfacer las recomendaciones europeas y que todas las personas privadas de libertad enfermas puedan recibir el tratamiento específico que necesiten”. Así mismo, se conmina a las autoridades competentes a “introducir cuantas mejoras sean precisas en el protocolo de prevención de suicidios”.

 

En la misma línea, UPN ha presentado una enmienda de sustitución, desestimada por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e Izquierda-Ezkerra, titulares de la iniciativa, haciendo suya la petición de “respeto a la legislación estatal e internacional vigente”, solicitando un “protocolo claro para la concesión de prisión atenuada por motivos humanitarios” y reclamando “mejoras en el equipamiento de las unidades médicas, especialmente en salud mental”, incluidas fórmulas de “prevención del suicidio”.

 

En la exposición de motivos, la resolución impulsada por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e Izquierda-Ezkerra se remite a la comparecencia de la plataforma ciudadana Sare en sede Parlamentaria, donde dio cuenta de la situación de tres presos navarros con enfermedades graves e incurables, a quienes "se deniega la excarcelación o la aplicación de las medidas atenuantes contempladas en la legislación penal y penitenciaria".

 

Los proponentes hablan de un “déficit humanitario especialmente acusado en determinados colectivos”, caso de los “presos y presas vascas”, y ponen como ejemplo la instrucción 3/2017 de Instituciones Penitenciarias, donde se prevé la excarcelación si “el fallecimiento es predecible, con razonable certeza, a muy corto plazo”, dos meses según precisó el Ministro del Interior Juan Ignacio Zoido.