Publicada el Thursday, 10 de May de 2012

Sesión 10 de mayo, jueves

EL PARLAMENTO DE NAVARRA ACUERDA LA TERMINACIÓN DEL PROCESO INICIADO POR EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD INTERPUESTO CONTRA DETERMINADOS ARTÍCULOS DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

La Mesa y la Junta de Portavoces del Parlamento de Navarra, reunidas a partir de las 16,30 horas de hoy jueves, día 10 de mayo, han acordado, al haber desaparecido su objeto, la procedencia de la terminación del proceso iniciado por el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la regulación de los artículos 2 y 38 de la Ley General de la Seguridad Social, modificados mediante la Ley del año 2003 de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social.

El acuerdo ha sido adoptado con el voto a favor de los representantes de los Grupos UPN, SN, NaBai, PP e I-E; ha votado en contra la representante del Grupo Bildu-Nafarroa.

El Pleno del Parlamento de Navarra, en la sesión celebrada el día 4 de marzo de 2004, acordó interponer recurso de inconstitucionalidad contra la regulación de los artículos 2 y 38 de la Ley General de la Seguridad Social, modificados mediante la Ley del año 2003 de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social, por considerar que la nueva regulación infringía las competencias de la Comunidad Foral en materia de Asistencia Social y Seguridad Social contempladas en la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.

Posteriormente, en el año 2005, a iniciativa del Grupo Parlamentario Convergencia y Unió, el Congreso de los Diputados aprobó una Ley sobre los efectos en las pensiones no contributivas de los complementos otorgados por las Comunidades Autónomas. La propuesta de CIU se titulaba como “Ley de derogación de la prohibición a las Comunidades Autónomas a complementar pensiones”, y tenía como objeto que se respetaran las normativas aprobadas por algunas Comunidades Autónomas para complementar las pensiones de sus ciudadanos, regulaciones, por otra parte, permitidas por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

Por lo expuesto, al haber aprobado el Congreso de los Diputados la mencionada Ley, el Tribunal Constitucional remitió al Parlamento de Navarra una providencia advirtiendo de la eventual pérdida de objeto del recurso de inconstitucionalidad interpuesto en su día, y hoy los órganos rectores del Parlamento han acordado la terminación del proceso iniciado con el recurso.