Publicada el Donnerstag, 22 de Juni de 2017

Aprobada la modificación parcial de la Ley Foral 20/2016 del Impuesto de Sociedades

Se acota al 31 de diciembre de 2016 la aplicación el régimen transitorio previsto para las cesiones de activos de propiedad intelectual o industrial entre entidades vinculadas

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy por unanimidad la modificación de la disposición transitoria décima de la Ley Foral 26/2016 del Impuesto de Sociedades para, conforme a las directrices de la OCDE y el Ecofin, acotar la aplicación del beneficioso régimen transitorio previsto hasta el 30 de junio de 2021 para las cesiones del derecho de uso o explotación de la propiedad industrial e intelectual.

 

En concreto, la Ley presentada por el G.P. Geroa Bai tiene por objeto acomodar la redacción del citado epígrafe a los nuevos acuerdos adoptados por el Foro sobre Prácticas Fiscales Perjudiciales de la OCEDE y el Grupo de Código de Conducta en materia de fiscalidad de las empresas del Ecofin (Comisión Europea), de modo que los activos de la propiedad intelectual o industrial adquiridos en los seis meses anteriores al 30 de junio de 2016 queden privados más allá del 31 de diciembre de 2016 de la aplicación del régimen transitorio estipulado en la LF 26/2016, “salvo que se hubiesen formalizado por motivos económicos válidos”.

 

Con ello se pretende evitar que las adquisiciones realizadas a entidades vinculadas, esto es, sin más objetivo que el de sacar provecho del favorable régimen transitorio convenido en la disposición transitoria décima de la Ley Foral 26/2016, encuentren acomodo en la norma a partir del 1 de enero de 2017.

 

La urgencia de la modificación, tramitada en lectura única, viene dada porque resulta de aplicación al período impositivo de 2016, cuyo plazo de autoliquidación finalizará con carácter general en los últimos días de julio.

 

El artículo único de la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, de modificación de la disposición transitoria décima del Impuesto de Sociedades dice así:

 

«Con efectos a partir del 1 de julio de 2016, las cesiones del derecho de uso o de explotación de la propiedad industrial o intelectual de la entidad que se hayan formalizado hasta el 30 de junio de 2016 podrán optar por aplicar, hasta el 30 de junio de 2021, el régimen establecido en el artículo 37 de la Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, en su redacción vigente a 30 de junio de 2016.

 

La opción se ejercerá al cumplimentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al primer período impositivo que se inicie a partir del 1 de enero de 2016.

 

En el supuesto de que la propiedad intelectual o industrial objeto de cesión hubiera sido adquirida a partir del 1 de enero de 2016 a entidades vinculadas, sólo podrá aplicarse este régimen transitorio hasta el 31 de diciembre de 2016, salvo que la transmisión se hubiera realizado por motivos económicos válidos y la transmitente también hubiese podido aplicar este régimen transitorio u otro similar”.