Publicada el Donnerstag, 25 de Februar de 2016

Ley Foral medidas de ordenación e impulso del vigente Plan de Inversiones Locales (PIL)

Aprobación en Pleno. Día 25 de febrero de 2016

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy por unanimidad la Ley Foral de medidas de ordenación e impulso del vigente Plan de Inversiones Locales (PIL).


La Ley tiene por objeto “clarificar y simplificar” la regulación sobre esta materia para, como paso previo a la elaboración de un nuevo PIL, sortear la “ralentización e incluso paralización” de numerosos proyectos de inversión y las “dificultades” que ello genera a la hora de realizar “previsiones presupuestarias efectivas”.


A tal fin, para evitar el continuo incremento de compromisos adquiridos conforme a una normativa “prorrogada y, en cierta medida, desfasada”, no se admitirán nuevas solicitudes por el procedimiento de urgencia. Tras la entrada en vigor de esta Ley continuarán aceptándose, eso sí, demandas relativas a obras calificadas de emergencia. Asimismo, las entidades locales podrán seguir requiriendo autorizaciones de inicio de obras, a efectos de “posibilitar su eventual inclusión en futuros PIL”.


En cuanto a los problemas de gestión que, producto del “complejo elenco normativo” y de la reciente “legislación en materia de estabilidad presupuestaria”, ataca la norma, cabe indicar que se concretan ciertos plazos no definidos o excesivamente abiertos; se establecen trámites y plazos para la subsanación de deficiencias en proyectos de ejecución y/o en acreditaciones de viabilidad económico-financiera; y se plantean alternativas en caso de que el análisis de viabilidad resulte inicialmente negativo.


Además, se consignan plazos razonables para el inicio de las obras, así como posibles excepciones por razones de interés público debidamente acreditadas. En su determinación se ha tenido en cuenta que las inversiones incluidas por el procedimiento de urgencia durante la prórroga del actual PIL fueron “priorizadas” en base a “criterios técnicos”.


En lo tocante a los plazos y requisitos para las solicitudes de abono por inicio y finalización de obras, bastará con aportar el acta de recepción acreditativa de que la obra puede entregarse para el uso público previsto, “incluso en ausencia de conformidad de la empresa contratista”.


Finalmente, cuando los requerimientos de subsanación no sean atendidos en su totalidad, se faculta la inspección de la obra o parte de la obra realizada, a fin de decretar si es apta para el uso público previsto. En el supuesto de ser así, se procederá al abono del coste correspondiente a dichos trabajos.


Con estas estas dos últimas medidas se pretende eludir el riesgo de que, en lugar de recurrir a las vías legalmente establecidas para dirimir tales discrepancias, la empresa ejecutora pueda verse tentada a utilizar como medida de presión la negativa a hacer constar su conformidad.


El PIL, prorrogado desde 2012, es el instrumento a través del cual el Gobierno de Navarra cofinancia las inversiones (infraestructuras, renovación y saneamiento de redes, pavimentación de calles…) de los ayuntamientos y concejos. Los gastos corrientes se financian por medio del Fondo de Haciendas Locales.

www.parlamentodenavarra.es
• Publicación del Proyecto de Ley Foral (BOPN, nº 11, de 02-02-2016)
• Publicación de las enmiendas (BOPN, nº 23, de 23-02-2016)
• Publicación del dictamen (BOPN, nº 24, de 24-02-2016)

Archivos adjuntos

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