Publicada el Dienstag, 23 de Dezember de 2014

Ley Foral de reforma de la normativa fiscal y de medidas de incentivación de la actividad económica

Aprobación en Pleno. Día 23 de diciembre de 2014

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy la Ley Foral de reforma de la normativa fiscal y de medidas de incentivación de la actividad económica, por la que se modifican parcialmente el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, la Ley Foral 13/1992, de 19 de noviembre, del Impuesto sobre el Patrimonio y la Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades. UPN, SN y PPN han votado a favor, mientras Bildu, Aralar-Nabai, I-E y no adscritos han votado en contra.


Se trata de un conjunto de medidas de “incentivación de la actividad económica” que, impulsadas por el G.P. Socialistas de Navarra, viene a sustituir de manera “parcial” a la fracasada reforma fiscal planteada por el Gobierno de Navarra, cuyo proyecto, sin más respaldo que el de UPN y PPN, fue devuelto en la sesión plenaria del 9 de octubre.

La modificación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) plantea una reducción de tipos a todas las rentas, especialmente bajas y medias, que vuelven a niveles de 2011. Además, se deflacta la escala un 3%, con el fin de impedir que la inflación incremente la carga fiscal.

En el caso de las rentas altas, el tipo máximo impositivo (a partir de 300.000 euros) se reduce del actual 52% al 48%.

La nueva tabla de retenciones, que acarrea una reducción de la carga tributaria del IRPF, será efectiva a partir del 1 de enero de 2015. Para anticipar su entrada en vigor sin esperar al desarrollo reglamentario, que “tardaría alrededor de seis meses”, se ha optado por una modificación de la disposición adicional cuadragésima primera del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF.

En cuanto a la tributación del ahorro, los primeros 6.000 euros cotizarán al 19%, se establece una escala intermedia hasta 12.000 euros, a la que se gravará al 21% y a partir de ahí el tipo será del 23%.

En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, la Ley incrementa el mínimo exento de 311.023 a 800.000 euros, rebaja la tarifa fiscal un 20%, eleva el umbral de tributación de un millón a un millón y medio del valor de los bienes y derechos que determinan la obligación de presentar declaración y suaviza el escudo fiscal en sus dos vertientes.

Las modificaciones operadas en el escudo fiscal se dirigen a “incrementar la tributación de los patrimonios de elevada cuantía”. Se trata una herramienta que, concebida para evitar gravar en demasía a gente con mucho patrimonio y poca renta, pone en relación la cuota íntegra del Impuesto del Patrimonio con la del Impuesto sobre la Renta, de modo que la suma de ambas no podrá superar ahora el 65% (está en el 60%) de la base imponible del IRPF.

Además y en lo que a la segunda vertiente del escudo fiscal respecta, se reduce del 80 al 75% la posibilidad de aminorar la cuota del Impuesto del Patrimonio cuando se sobrepase el límite del escudo fiscal.

Cabe recordar que en diciembre de 2012 el Parlamento acordó reducir el mínimo exento de 700.000 a 311.023 euros, manteniendo liberada la vivienda habitual hasta un valor de 250.000 euros, cantidad que no se ha tocado.

La modificación del Impuesto de Sociedades rebaja el tipo nominal de las grandes empresas del 30% al 25%. El tipo impositivo de las medianas empresas, con facturación entre uno y diez millones, pasa al 23%, mientras que el de las pequeñas empresas (facturación inferior al millón de euros) se reduce del 20% al 19%. Además, se fija un suelo mínimo efectivo del 10%, que puede llegar a ser del 7% en caso de que la empresa cree empleo, realice inversiones o actividades de I+D. A su vez, se prevén deducciones por producción audiovisual e inversión en instalaciones térmicas de biomasa.

Con este tributo lo que se pretende es “minorar los tipos nominales del impuesto, de manera similar a los territorios del entorno, sin comprometer la recaudación”. Asimismo, se establecen medidas dirigidas a “potenciar intensamente las actividades de I+D+I y se eliminan numerosas deducciones que han demostrado ser ineficaces”.

En el transcurso del debate efectuado en Pleno se han aprobado diez enmiendas in voce de índole técnico, ocho de ellas suscritas por UPN y SN, otra por UPN, SN y PPN y una última por UPN, SN y no adscritos.

Por esa vía, se ha incorporado a la normativa foral del IRPF un nuevo instrumento de ahorro denominado Plan de Ahorro a largo plazo, que podrá adoptar la forma de depósito bancario o de seguro. La ventaja de esta medida tributaria, introducida en el régimen común, es que los rendimientos generados estarán exentos en el IRPF, siempre y cuando la inversión se mantenga durante un mínimo de 5 años y se aporten cantidades inferiores a 5.000 euros anuales. Esta enmienda ha prosperado con el respaldo de UPN y SN, las abstenciones de PPN y no adscritos y los votos en contra de Bildu, Aralar-Nabai e I-E.

 

Del mismo modo, se ha operado una modificación dirigida a incrementar la recaudación, para lo cual se prorroga en 2015 la limitación en la compensación de bases imponibles negativas que, recogida en la disposición adicional trigésima segunda, ha estado vigente en 2013 y 2014. Esta enmienda ha sido aprobada con la abstención del PPN.

 

Por último, se ha matizado la exclusión legal como retribución en especie (o no dineraria) de la gratuidad o rebaja en la matrícula que los centros escolares (incluida la enseñanza universitaria) ofrezcan a los hijos de sus empleados, de modo que sólo será efectiva para aquellos sujetos pasivos que tengan unos rendimientos dinerarios iguales o superiores a 60.000 euros. Esta previsión ha sido aprobada con los votos a favor de UPN, SN y PPN, la abstención de los no adscritos y los votos en contra de Bildu, Aralar-Nabai e I-E.

 

Como se recordará, durante su debate en Comisión se acordó, a iniciativa de los no adscritos y con los votos en contra de UPN y PPN, que la matrícula gratuita a hijos de trabajadores de centros educativos comenzara a tributar, con independencia de los ingresos.

www.parlamentodenavarra.es
• Publicación de la proposición de Ley Foral (BOPN, n.º 117, de 31-10-2014)
• Publicación de las enmiendas (BOPN, n.º 142, de 17-12-2014)

Archivos adjuntos

Archivo adjuntoBOPN 30-12-14